Nota preliminar del autor: Una versión de este texto en francés está igualmente disponible aquí
Según se ha informado por parte de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el pasado 29 de diciembre Sudáfrica ha interpuesto formalmente una demanda contra Israel acompañada de una solicitud urgente de medidas provisionales ante la máxima jurisdicción de Naciones Unidas (véase comunicado de prensa en francés y en inglés de la CIJ).
Esta iniciativa coincide con una reunión urgente del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (véase video disponible en YouTube), ante la inoperancia de la resolución 2720 adoptada el 22 de diciembre del 2023, y que tuvimos la oportunidad de analizar en su momento (Nota 1).
Esta inoperancia se debe en gran parte a la amenaza de un nuevo veto norteamericano, que obligó a algunos de los Estados promotores de un texto contundente a incorporar, una tras otra, tras largos días de negociación, las diversas objeciones norteamericanas al texto inicial.
No está demás señalar que para el incondicional aliado de Israel, las acciones militares israelíes en Gaza son cada vez menos justificables, defendibles y presentables ante la misma opinión pública, así como la narrativa oficial israelí: en este inicio de año 2024, el Departamento de Estado (véase comunicado oficial del 2 de enero del 2024) fustigó con un tono inusualmente fuerte algunas declaraciones israelíes en los siguientes términos:
“This rhetoric is inflammatory and irresponsible. We have been told repeatedly and consistently by the Government of Israel, including by the Prime Minister, that such statements do not reflect the policy of the Israeli government“.
La solicitud de Sudáfrica en breve
La base de competencia usada por Sudáfrica para interponer esta solicitud contra Israel, es la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio (véase texto en español): se trata de un instrumento internacional adoptado en 1948, y que cuenta con 153 Estados Partes (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), entre los cuales Israel desde 1950.
Los últimos Estados en adherir a este tratado mulilateral son Zambia (en el año 2022), Dominica e Isla Mauricio (2019), Turkmenistán (2018), Malawi (2017), Tajikistán (2015) y el Estado de Palestina, cuya adhesión fue registrada formalmente en abril del 2014.
En su extensa solicitud de más de 80 páginas (véase texto completo, cuya lectura completa se recomienda), Sudáfrica concluye con la siguiente petitoria (p. 82) que incluye 9 puntos en total, pidiendo que la CIJ ordene de manera urgente que:
“(1) The State of Israel shall immediately suspend its military operations in and against Gaza.
(2) The State of Israel shall ensure that any military or irregular armed units which may be directed, supported or influenced by it, as well as any organisations and persons which may be subject to its control, direction or influence, take no steps in furtherance of the military operations referred to point (1) above.
(3) The Republic of South Africa and the State of Israel shall each, in accordance with their obligations under the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide, in relation to the Palestinian people, take all reasonable measures within their power to prevent genocide.
(4) The State of Israel shall, in accordance with its obligations under the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide, in relation to the Palestinian people as a group protected by the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide, desist from the commission of any and all acts within the scope of Article II of the Convention, in particular: (a) killing members of the group; (b) causing serious bodily or mental harm to the members of the group; (c) deliberately inflicting on the group conditions of life calculated to bring about its physical destruction in whole or in part; and (d) imposing measures intended to prevent births within the group.
(5) The State of Israel shall, pursuant to point (4)(c) above, in relation to Palestinians, desist from, and take all measures within its power including the rescinding of relevant orders, of restrictions and/or of prohibitions to prevent: (a) the expulsion and forced displacement from their homes; (b) the deprivation of: (i) access to adequate food and water; (ii) access to humanitarian assistance, including access to adequate fuel, shelter, clothes, hygiene and sanitation; (iii) medical supplies and assistance; and (c) the destruction of Palestinian life in Gaza.
(6) The State of Israel shall, in relation to Palestinians, ensure that its military, as well as any irregular armed units or individuals which may be directed, supported or otherwise influenced by it and any organizations and persons which may be subject to its control, direction or influence, do not commit any acts described in (4) and (5) above, or engage in direct and public incitement to commit genocide, conspiracy to commit genocide, attempt to commit genocide, or complicity in genocide, and insofar as they do engage therein, that steps are taken towards their punishment pursuant to Articles I, II, III and IV of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide.
(7) The State of Israel shall take effective measures to prevent the destruction and ensure the preservation of evidence related to allegations of acts within the scope of Article II of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide; to that end, the State of Israel shall not act to deny or otherwise restrict access by fact-finding missions, international mandates and other bodies to Gaza to assist in ensuring the preservation and retention of said evidence.
(8) The State of Israel shall submit a report to the Court on all measures taken to give effect to this Order within one week, as from the date of this Order, and thereafter at such regular intervals as the Court shall order, until a final decision on the case is rendered by the Court.
(9) The State of Israel shall refrain from any action and shall ensure that no action is taken which might aggravate or extend the dispute before the Court or make it more difficult to resolve”.
Esta solicitud de Sudáfrica ha sido saludada por algunos Estados como por ejemplo Malasia (véase comunicado oficial) o bien Turquía (véase comunicado), al tiempo que muchos otros han optado por mantenerse en silencio.
Por su parte, Israel ha enviado instrucciones muy precisas a sus legaciones diplomáticas en el mundo, para intentar frenar a Sudáfrica: véase al respecto esta interesante nota publicada en Axios este 5 de enero del 2024.
No es la primera vez que Sudáfrica acude a la justicia internacional con relación al drama que se vive en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre. En efecto, el pasado 17 de noviembre, Sudáfrica, conjuntamente con 4 otros Estados (entre los cuales Bolivia) presentó un “referral” de carácter urgente a otra jurisdicción internacional con sede en La Haya, como la es la Corte Penal Internacional (CPI) – véase texto completo – , y que tuvimos la oportunidad de analizar (Nota 2).
La reacción israelí
En un comunicado oficial divulgado el mismo día 29 de diciembre por su aparato diplomático (véase enlace), se indica por parte de Israel que:
“South Africa’s claim lacks both a factual and a legal basis, and constitutes despicable and contemptuous exploitation of the Court. South Africa is cooperating with a terrorist organization that is calling for the destruction of the State of Israel “.
La tonalidad y acusación deuna cooperación de Sudáfrica con el Hamás son parte de la narrativa oficial israelí que muy a menudo se oye cuando se cuestiona el accionar de Israel en Gaza desde el pasado 7 de octubre. “Argumentos” de similar índole se oyeron en contra del mismo Secretario General de Naciones Unidas durante una sesión del Consejo de Seguridad (véase nota de prensa de la BBC), durante la cual el jefe de la diplomacia israelí no encontró mejor “argumento” que pedirle públicamente su renuncia.
Cabe también recordar que en el 2019, cuando la Oficina de la Fiscalía de la CPI anunció que procedió a iniciar formalmente una investigación sobre lo que ocurre en el territorio palestino ocupado, el Primer Ministro y el Ministro de Defensa israelíes calificaron a la CPI de “antisemita” (véase nota del Jerusalem Post y este cable de la agencia Reuters).
Más allá de las gesticulaciones iracundas del aparato diplomático israelí tendientes a desacreditar la demanda interpuesta por Sudáfrica (y que ya no impresionan mayormente en La Haya ni tampoco en Nueva York), el hecho que la CIJ pueda ordenar a Israel medidas provisionales por actos que califican como “genocidio” constituiría un primer paso, interpelando a los demás 152 Estados Partes a la convención de 1948, pero también a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, y de paso, a la Fiscalía de otra jurisdicción internacional con sede en La Haya: la CPI.
Sobre esta última jurisdicción, un reciente artículo titulado “The ICC Prosecutor´s Double Standarts in the time of an Unfolding Genocide ” (cuya lectura se recomienda) advierte del serio riesgo de que pierda toda credibilidad para gran parte del mundo si su Fiscalía mantiene una actitud tan distante con el drama que se vive en Gaza.
La fase de procedimiento que sigue en La Haya
En esta nota del Times of Israel con fecha del 3 de enero, se indica que Israel sí participará a las audiencias fijadas por la CIJ para los días 11 y 12 de enero: véanse también los comunicados oficiales en francés y en inglés de la CIJ del 3 de enero.
La extrema celeridad de la CIJ para fijar estas audiencias evidencia la urgencia absoluta de la situación.
Si se compara a casos similares en los que se invocó la convención para la prevención del genocidio de 1948, el juez de La Haya se está mostrando particularmente célere con la presente solicitud de medidas provisionales de Sudáfrica:
– en el caso de la demanda interpuesta por Bosnia-Herzegovina contra Yugoslavía el 20 de marzo del 1993, las audiencias tuvieron lugar el 1 y 2 de abril, y las medidas provisionales fueron ordenadas por la CIJ el 8 de abril del 1993 (véase texto de la ordenanza de la CIJ).
– en el caso de la demanda interpuesta por Gambia contra Myanmar recurriendo a la misma convención sobre el genocidio de 1948, la solicitud de medidas provisionales lleva fecha del 11 de noviembre del 2019, las audiencias se realizaron casi un mes después (10 al 12 de diciembre del 2019) y las medidas provisionales fueron dictaminadas el 23 de enero del 2020 (véase ordenanza).
– más reciente, en el caso de Ucrania contra Rusia, en el que también Ucrania recurrió a este mismo instrumento multilateral, la solicitud de medidas provisionales se registró el 27 de febrero del 2022, las audiencias tuvieron lugar el 7 y 8 de marzo, y las medidas provisionales fueron dictaminadas por la CIJ el 16 marzo del 2022 (véase ordenanza). Es de notar que, por alguna razón, Rusia optó por no comparecer durante las audiencias celebradas en La Haya: se trata de una llamativa ausencia, que tuvimos la ocasión de analizar en cuanto a sus efectos (Nota 3).
Genocidio y comunidad internacional
Resulta notorio que, siendo la Convención para la Prevención del Genocidio de 1948 un instrumento multilateral con 153 Estados Partes, y el Estatuto de Roma otro valioso instrumento multilateral adoptado en 1998 que cuenta con 124 Estados Partes en la actualidad (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), los demás Estados no utilicen los mecanismos previstos en estos tratados internacionales ante la tragedia humana que se vive en Gaza: es, en ambos casos, Sudáfrica la que sí ha optado por activarlos.
Precisamente, en su comunicado oficial del 29 de diciembre (véase texto), Sudáfrica hace ver (de manera muy diplomática) que otros Estados podrían también unirse a esta iniciativa al leerse que:
“South Africa has repeatedly stated that it condemns all violence and attacks against all civilians, including Israelis. Moreover, South Africa has continuously called for an immediate and permanent ceasefire and the resumption of talks that will end the violence arising from the continued belligerent occupation of Palestine. As a State Party to the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide, South Africa is under a treaty obligation to prevent genocide from occurring“.
¿Acaso la obligación jurídica de prevenir un genocidio no recae sobre todo Estado Parte a dicha convención de 1948? Una muy completa nota de la ONG basada en Suiza International Commission of Jurists (ICJ) así lo explicaba desde varias semanas.
Cabe también recordar que desde el 16 de noviembre del 2023, un grupo de expertos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos advirtieron colectivamente de un grave riesgo de genocidio en Gaza en un comunicado conjunto (véase texto) en el que se puede leer que:
“We are deeply distressed at the failure of Israel to agree to – and the unwillingness of the international community to press more decisively for – an immediate ceasefire. The failure to urgently implement a ceasefire risks this situation spiralling towards a genocide conducted with 21st century means and methods of warfare,” the experts warned.
They also expressed alarm over discernibly genocidal and dehumanising rhetoric coming from senior Israeli government officials, as well as some professional groups and public figures, calling for the “total destruction”, and “erasure” of Gaza, the need to “finish them all” and force Palestinians from the West Bank and east Jerusalem into Jordan. The experts warned that Israel has demonstrated it has the military capacity to implement such criminal intentions“.
Como ya viene siendo costumbre, este comunicado oficial de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas fue escasamente referenciado en algunos de los principales medios de prensa internacionales: pasó prácticamente desapercibido.
El drama en Gaza según últimos informes
Las desgarradoras imágenes de la tragedia que se vive en Gaza desde la tarde/noche del pasado 7 de octubre impactan, día tras día, hora tras hora, a toda la comunidad internacional e interpelan a sus principales órganos.
Desde la tarde/noche del 7 de octubre, Israel ha emprendido una acción militar punitiva colectiva en contra de la población civil de Gaza, en represalia al ataque sufrido el mismo día cometido por el Hamás en territorio israelí. Esta acción militar israelí se realiza en violación flagrante y abierta de las reglas más elementales del derecho internacional humanitario.
Las “maniobras” de Estados Unidos en el seno del Consejo de Seguridad para impedir que se ordene expresamente un cese al fuego humanitario desde el mismo Consejo de Seguridad han vuelto inoperante la resolución2720 adoptada el pasado 22 de diciembre; por lo que un nuevo ejercicio se impone ante el asedio diario que sufre la población civil palestina de Gaza.
El último informe de situación al 28 de diciembre elaborado por Naciones Unidas (véase texto) antes del 29 de diciembre daba cuenta de la insensatez de Israel, con más de 21.000 personas fallecidas en Gaza desde el 7 de octubre, en su mayoría niños y mujeres, al leerse que:
“On 28 December, heavy Israeli bombardment from air, land, and sea, continued across most of the Gaza Strip. Intense ground operations and fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups also continued in most areas, except for Rafah, as did the firing of rockets by Palestinian armed groups into Israel.
Between the afternoons of 27 and 28 December, 210 Palestinians were reportedly killed, and another 325 people were injured, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza. According to the MoH in Gaza, between 7 October and 7:00 on 28 December, at least 21,320 Palestinians were killed in Gaza. About 70 per cent of those killed are said to be women and children. As of then, 55,603 Palestinians have been injured. Many people are missing, presumably buried under the rubble, waiting for rescue or recovery.
On 28 December, the Israeli military announced that three additional soldiers had been killed in Gaza. Overall, since the start of the ground operation, 165 soldiers have been killed, and 921 soldiers have been injured in Gaza, according to the Israeli military.
Preliminary estimates by humanitarian actors on the ground indicate that at least 100,000 internally displaced persons (IDPs) have arrived in Rafah over the past days, following the intensification of hostilities in Khan Younis and Deir al Balah, and the Israeli army’s evacuation orders. Already on 20 December, Rafah was estimated to be the most densely populated area in Gaza, exceeding 12,000 people per square kilometre. The new influx of IDPs has further exacerbated conditions related to the already overcrowded space and limited resources”.
En el último informe (véase informe al 3 de enero del 2024), se indica el siguiente saldo mortífero:
“Between the afternoons of 2 and 3 January, 128 Palestinians were killed, and another 261 people were injured, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza. Overall, between 7 October and 12:00 on 3 January, at least 22,313 Palestinians were killed in Gaza, according to the MoH in Gaza. About 70 per cent of those killed are said to be women and children. During the same period, 57,296 Palestinians were reportedly injured. Up to 7,000 people are estimated to be missing, with many presumably to be buried under the rubble.
Since 2 January and as of 3 January, the Israeli military have announced that two additional soldiers have been killed in Gaza. Overall, since the start of the ground operation, 173 soldiers have been killed, and 991 soldiers injured, in Gaza, according to the Israeli military“.
A modo de conclusión
Es de señalar que esta nueva acción de Sudáfrica ante la CIJ ha provocado una honda preocupación en los círculos gubernamentales israelí pero también norteamericano: este último se ha sentido obligado a desacreditar la base factual utilizada por Sudáfrica en su solicitud (véase nota de prensa del Times of Israel y esta otra nota de Voice of America).
Los temores de Israel y de Estados Unidos son más que fundados: una decisión preliminar de la CIJ favorable a Sudáfrica conllevaría consecuencias para ambos Estados, tal como explicado recientemente por un especialista sudafricano en derecho internacional público (véase video de su entrevista en SABC del 4 de enero) y en este artículo publicado por un jurista argentino en el sitio de EJIL-Talk (cuya lectura se recomienda). En la precitada nota de Axios publicada este 5 de enero, se lee que Israel explica a sus diplomáticos de todo el mundo que la situación puede acarrear consecuencias de todo tipo para Israel al precisar que:
“A ruling by the court could have significant potential implications that are not only in the legal world but have practical bilateral, multilateral, economic, security ramifications“.
Cabe además recordar que esta iniciativa de Sudáfrica se añade a otra interpuesta ante la misma CIJ por la Asamblea General de Naciones Unidas, al solicitarle una opinión consultiva sobre la colonización ilegal israelí y sus efectos desde la perspectiva del derecho internacional público: se trata de una resolución que se votó hace exactamente un año, el 30 de diciembre del 2022, y que contó, por parte de América Latina con dos únicos votos en contra: Guatemala y Costa Rica (Nota 4).
–Notas —
Nota 1: Véase al respecto BOEGLIN N.,” Gaza / Israel: a propósito de las maniobras norteamericanas y la reciente resolución S/RES/2720(2023) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas“, editada el 22 de diciembre del 2023, y disponible aquí.
Nota 2: Véase al respecto BOEGLIN N., “Gaza / Israel: a propósito del anuncio hecho por Sudáfrica de una acción conjunta ante la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI)”, editada el 18 de noviembre del 2023 y disponible aquí.
Nota 3: Con relación a esta última decisión de la CIJ, referimos a nuestros estimables lectores a BOEGLIN N., “La fuerza del derecho ante el derecho a la fuerza (el caso de Ucrania y Rusia). A propósito de la no comparecencia de Rusia ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)“, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), edición del 23 de marzo del 2023. Texto disponible aquí.
Nota 4: Véase al respecto BOEGLIN N., “América Latina ante solicitud de opinión consultiva a justicia internacional sobre la situación en Palestina: breves apuntes sobre insólito voto en contra de Costa Rica”, editada el 31 de diciembre del 2022 y disponible aquí.