Discrepancias sobre el régimen obligatorio de pensiones (ROP)

» Por Marvin Herrera Araya - Exministro de Educación Pública

Foto: Sofía Chacón

A raíz del proyecto de ley presentado por el diputado Eduardo Cruickshank, de la información que ha circulado y las diversas reacciones de operadoras, economistas, políticos y ahorrantes, expreso mi criterio sobre este tema de capital importancia para quienes están incluidos en este particular régimen de pensiones complementarias.

Es necesario reiterar que ROP no es un régimen solidario como lo es por ejemplo el IVM de la CCSS. Es un sistema de capitalización de cada persona en una cuenta individual en manos de las operadoras de pensiones, por lo que la decisión de cada persona sobre el uso de esos recursos propios al jubilarse, según se lo permita la ley, no afecta a los demás ahorrantes.

La información hecha pública de que de los más de cinco billones de colones en estos fondos, 3.5 billones están colocados en bonos del Estado, ha inquietado por el alto riesgo que ello encierra. Se habla incluso de pérdidas millonarias. Se comenta que las operadoras de pensiones simplemente están “jineteando” los recursos de los ahorrantes, financiando con altos salarios la administración de estos fondos y que esta es su razón para oponerse al proyecto de ley de marras. Ya se está diciendo que más que una ley de fundamento social, es una ley financiera, con la que las operadoras obtienen utilidades y el Estado dispone de recursos de los ahorrantes para resolver problemas presupuestarios. Esto puede explicar que las operadoras y el gobierno se opongan al proyecto del diputado Cruickshank.

También, indispone que los beneficiarios de los más de 33 mil ahorrantes fallecidos, no hayan recibido los montos ahorrados por sus difuntos familiares, mientras las operadoras le ganan intereses a esos millones que ya no les pertenecen. En fin, ciertamente, hay malestar por los valladares que se le ponen los ahorrantes de salarios bajos a su derecho de poder disponer de la totalidad de sus propios dineros, al retirarse una vez jubilados, mientras que los jubilados con pensiones de lujo sí lo pueden hacer. Otra odiosa desigualdad.

¡Algo debe hacerse para lograr que la actual ley beneficie, en el tema en discusión, a los trabajadores con bajos salarios, quienes destinan por virtud de la ley, mes a mes, parte de sus salarios y no porque le sobren recursos! El proyecto del diputado Cruickshank parece que va en esta dirección.

El argumento que domina en quienes se oponen a la iniciativa del diputado es que la pensiones de la Caja son bajas y que el espíritu de la ley es que los jubilados tengan mensualmente ese ingreso adicional aunque sea pequeño en el caso de las pensiones bajas, que son la mayoría de la población jubilada. Se supone que este es el espíritu de la ley; pero las trabas y el predominio financiero que se le ha dado,  cambia la percepción de los ahorrantes.

Personalmente, comparto el espíritu del proyecto de ley del diputado Cruickshank, para que sea la persona la que decida libremente si retira todo el fondo o lo recibe en tractos mensuales, sin que se altere, en el segundo caso, por supuesto, los años de esperanza de vida de los costarricenses, porque de hacerse así las operadoras retendrán por más meses esos recursos que nos les pertenecen, obteniéndoles utilidades.  Debe prevalecer el interés de las personas y no el de las entidades administradoras de los fondos.

Los artículos de opinión aquí publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de EL MUNDO. Cualquier persona interesada en publicar un artículo de opinión en este medio puede hacerlo, enviando el texto con nombre completo, fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados y número de teléfono al correo redaccion@elmundo.cr.

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