Fútbol Nacional

(Video) Saprissa podría perder otro jugador en instancias finales

» Johan Venegas y Marcel Hernández ya fueron sancionados por la misma vía y en las mismas circunstancias

La calma en el Deportivo Saprissa vuelve a tambalearse en plena fase decisiva del torneo. Esta vez, el foco no está en una jugada dentro del campo, sino en un gesto fuera del radar arbitral que ahora podría tener consecuencias disciplinarias. El lateral Jorkaeff Azofeifa quedó expuesto tras un video que se hizo viral y que podría derivar en una sanción en los próximos días.

El hecho ocurrió durante la celebración de un gol ante Liberia. En las imágenes, el jugador observa la gradería y realiza un gesto que ha sido interpretado como obsceno. La acción no fue reportada por el árbitro ni por el comisario del partido, lo que abre un escenario distinto: la posibilidad de una sanción basada exclusivamente en video.

El vacío del reporte y el peso del video

De acuerdo con información revelada por La Teja, no existe ningún señalamiento oficial en el informe arbitral sobre lo sucedido. Ese detalle es clave. Sin reporte, el caso depende de si el Tribunal Disciplinario decide actuar de oficio mediante el análisis audiovisual.

El analista arbitral Henry Bejarano explicó que sí existe base reglamentaria para una eventual sanción, pero bajo esa condición. “Si en el reporte arbitral no dice nada, sería solo por video que puede haber sanción”, señaló.

Este tipo de procesos no son inmediatos. La evaluación puede tomar varios días, lo que deja abierta la posibilidad de que una eventual sanción no impacte el próximo partido, sino que se ejecute en la siguiente fase, en caso de que Saprissa avance. Liberia y Saprissa juegan la vuelta el domingo en La Cueva.

Lo que dice el reglamento

El marco normativo contempla castigos claros para este tipo de conductas. El artículo 37 del reglamento disciplinario establece sanciones progresivas para quienes incurran en faltas graves dentro de un partido, incluyendo el uso de lenguaje o gestos ofensivos.

Por su parte, el artículo 46 es aún más específico en cuanto a la incitación a la hostilidad o manifestaciones ofensivas, incluso cuando estas se dirigen al público. En estos casos, las sanciones pueden incluir suspensiones y multas económicas, con agravantes si la conducta tiene impacto público o mediático.

Además, la normativa vigente contempla que el uso de gestos obscenos o provocativos contra aficionados puede derivar en una suspensión de al menos tres partidos en la primera infracción, acompañada de una multa económica.

No sería un caso aislado

El antecedente existe y pesa.

En diciembre de 2021, Johan Venegas fue sancionado con tres partidos por gestos ofensivos hacia la afición, en un caso que tampoco fue consignado inicialmente en el informe arbitral. Más recientemente, Marcel Hernández también recibió castigo por una conducta interpretada como provocadora tras una final.

Ambos expedientes refuerzan un criterio: el Tribunal Disciplinario sí ha actuado anteriormente mediante video cuando considera que hay elementos suficientes.

Un riesgo real en plena lucha por el título

Saprissa ya enfrenta un panorama complejo en estas instancias finales, con sanciones recientes y un entorno cargado de tensión. La posible baja de Azofeifa se suma a esa lista de preocupaciones.

La decisión ahora está en manos del Tribunal.

Y aunque el gesto ocurrió en segundos, sus consecuencias podrían extenderse durante varios partidos.

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Edicto

Yo MARIA CECILIA BONILLA GAMBOA, número de identificación 1-0329-0230, solicitante del Certificado de depósito a plazo, emitido por el BANCO NACIONAL DE COSTA RICA, oficina de SAN PEDRO MONTES DE OCA, que se detalla a continuación:

Tipo de título (CDP o cupón): CUPON
Número de título valor: 400-02-080-129313-1
Monto: $18.70
Fecha de emisión: 26/07/2024
Fecha de vencimiento: 28/07/2025

Título(s) emitido (s) A LA ORDEN, a una tasa de interés del 3.66 %.
Solicito reposición de este documento por causa de EXTRAVIO.

Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.

Emitida en SAN PEDRO, el 29 de julio del 2025.
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

Código: RE01-PR29CP01