Sentencia de la Sala Constitucional reactiva multas millonarias a conductores de Uber

San José, 22 feb (elmundo.cr) – Tras meses de espera, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se pronunció finalmente este miércoles sobre las acciones de inconstitucionalidad que pretendían derogar las normas que impiden a plataformas como Uber operar amparadas al Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos.

En la sentencia, los Magistrados declararon por unanimidad que su sentencia no determina si las operaciones de Uber en Costa Rica son legales o ilegales. Sin embargo, el fallo si declara que las autoridades deben determinar si la plataforma opera bajo la figura de taxis o de porteo.

Adicionalmente, con la sentencia emitida la medida cautelar que se había adoptado, de suspender el cobro de multas establecidas en la Ley de Tránsito y las aplicadas por la ARESEP contra los conductores de Uber, queda sin efecto.

De este modo, aquellos conductores que fueron o sean sorprendidos dando el servicio de Uber serán multados con ¢103.679,77 colones, de acuerdo con el artículo 145 inciso y) de la Ley de Tránsito. Adicionalmente ARESEP aplicará una sanción que va de ¢2,1 millones de colones y hasta los ¢8,4 millones de colones, establecida en su Ley orgánica.

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) ya ha dicho que las operaciones de Uber en el país son ilegales, pues no se ajustan al marco jurídico existente.

En la sentencia de hoy, el Tribunal Constitucional estimó por votación 4-3 que la “Ley de Servicio Público de Transporte Remunerado de Personas, Modalidad Taxi” no creó un monopolio a favor del Estado, sino que lo que hizo fue declarar la actividad como un servicio público.

Asimismo, la mayoría Sala dijo que no se puede invocar el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, República Dominicana y Centroamérica, suscrito por Costa Rica, como parámetro de constitucionalidad en este caso.

Quienes adoptaron esas posiciones fueron los Magistrados Ernesto Jinesta, Fernando Cruz, Fernando Castillo y José Paulino Hernández.

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