
San José, 7 mar, (elmundo.cr)- La Comisión Permanente de Asuntos Económicos está analizando la propuesta que está en el expediente N°19377, Ley para actualizar las jornadas de trabajo excepcionales y resguardar los derechos de los trabajadores, que pretende realizar diversas modificaciones al Código de Trabajo.
El proyecto propone que la jornada ordinaria de trabajo efectivo no sea mayor de ocho horas en el día y de seis horas en jornada nocturna. De esta forma la primera no podrá exceder de cuarenta y ocho horas semanales y de treinta y seis horas semanales para la segunda.
No obstante, en los trabajadores que sean insalubres ni peligrosos, podrá acumularse la jornada semanal en cinco días.
“La jornada acumulativa podrá ser (i) diurna, hasta de diez horas, (ii) mixta, hasta de nueve horas treinta y seis minutos, y (iii) nocturna hasta de siete horas con doce minutos; siempre que el trabajo semanal no exceda de cuarenta y ocho horas, en los dos primeros casos, y de treinta y seis horas en el último” se explica en el documento.
Esta iniciativa establece,que las personas empleadoras deberán consignar en sus libros de salarios o planillas, debidamente separado de lo que se refiera a trabajo ordinario. Dicha información deberá entregarse a la persona trabajadora en la misma oportunidad en que se realicen los pagos o cada vez que se lo solicite.
Así bien, la persona empleadora podrá seguir utilizando el mismo sistema de jornada tradicional, o bien, tener una mezcla del tradicional y de este, vía excepción.
De esta forma se asegura de mantener el personal de experiencia en cualquiera de los dos sistemas, sin detrimento de sus derechos, de acuerdo con las necesidades de las personas trabajadoras. En este sentido, los contratos de trabajo, como regla general continuarán siendo de plazo indefinido, lo que propicia la estabilidad en el empleo.