CASO DEL CEMENTO CHINO

PGR rechaza consulta sobre detención de diputados que no atiendan citatorio de causa contra Celso Gamboa

» Según la respuesta, la Asamblea pretendía que el Abogado del Estado usurpara potestades de la Corte para decidir si un diputado puede ser detenido por no atender a un citatorio hecho por el Poder Judicial, en la causa seguida contra Celso Gamboa.

Celso Gamboa, magistrado de la Sala III -suspendido- de la Corte Suprema de Justicia, durante su interrogatorio en la Comisión Especial que estudia el caso denominado como cementazo. Foto: Luis Madrigal / El Mundo CR
Celso Gamboa, magistrado de la Sala III -suspendido- de la Corte Suprema de Justicia, durante su interrogatorio en la Comisión Especial que estudia el caso denominado como cementazo. Foto: Luis Madrigal / El Mundo CR

San José, 8 ene (elmundo.cr) – La Procuraduría General de la República, institución que funge como Abogado del Estado, rechazó resolver una consulta planteada por la Asamblea Legislativa, sobre la legalidad de una eventual detención de un diputado que no asista al citatorio que hizo el Poder Judicial a los 57 congresistas, para que comparezcan por una causa abierta en contra del magistrado Celso Gamboa Sánchez.

Así consta en el criterio C-294-2017 del pasado 11 de diciembre de 2017, suscrito por el procurador Jorge Oviedo Álvarez y cuya existencia fue anunciada esta tarde por el presidente del Congreso, Gonzalo Ramírez, ante la consulta del diputado socialcristiano, Jorge Rodríguez.

El caso se remonta al 7 de diciembre del año anterior, cuando el Director Ejecutivo de la Asamblea Legislativa, Antonio Ayales Esna, remitió a la Procuraduría un oficio en el que pedía aclarar si los diputados que desatendieran el citatorio, podían ser detenidos y forzados a comparecer con ayuda de la Fuerza Pública.

El procurador Oviedo rechazó la consulta, al afirmar que la Asamblea pretendía que la Procuraduría se dedicara a analizar una actuación concreta realizada por la magistrada instructora de la causa contra Gamboa.

“Específicamente, se nos consulta sobre la regularidad jurídica de las citaciones hechas por la instructora y que tienen por finalidad conminar a los señores diputados a rendir testimonio en el día y fecha señalados dentro de aquel procedimiento disciplinario. Es decir que el objeto de la consulta es que la Procuraduría revise actuaciones concretas por parte de la Magistrada instructora designada por la Corte Suprema de Justicia”, declaró Oviedo, según el criterio en poder de este medio.

De acuerdo con el Procurador, las consultas que se pueden plantear deben versar sobre “cuestiones jurídicas” en sentido genérico, es decir, sin que pueda identificarse un caso concreto que esté en estudio, que vaya a ser resuelto o que haya sido resuelto.

“Esto incluye que no sea admisible consultar sobre actuaciones concretas de la administración. No le corresponde a la Procuraduría General de la República entrar a pronunciarse sobre actuaciones concretas, pues en razón de los efectos vinculantes de nuestros dictámenes, implicaría incurrir en una sustitución de las competencias que la Ley le asigna a la administración activa”, dice el criterio legal.

Y agregó: “Así es claro que un dictamen vinculante de la Procuraduría General implicaría sustituir a la administración activa en sus actuaciones y decisiones en relación con el trámite de un procedimiento administrativo”.

De acuerdo con Oviedo, la Ley General de la Administración Pública establece en los artículos 223 y 227 que es el órgano director del proceso administrativo el encargado de resolver todas las cuestiones previas surgidas durante el curso de un procedimiento, lo cual incluye las relacionadas a la validez de las citaciones y comunicaciones.

“Es claro que un dictamen vinculante de la Procuraduría General sobre la regularidad jurídica de una citación hecha en un procedimiento administrativo, implicaría una desnaturalización de la función consultiva y la sustitución, por consiguiente, de la administración activa”, reiteró el Procurador.

Las citaciones hechas a los diputados por la causa seguida contra Celso Gamboa fueron suspendidas, pues el Magistrado interpuso recusaciones en contra de los legisladores que deben ser conocidas y resueltas a lo interno de la Corte.

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