Juristas defienden potestades del TSE para solicitar levantamiento de inmunidad presidencial

San José, 13 oct (elmundo.cr) – Los abogados Francisco Jiménez Solano y Luis Alberto Cordero Arias publicaron este lunes en La Nación un artículo de opinión en el que respaldan la reciente actuación del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) al solicitar a la Asamblea Legislativa el levantamiento de la inmunidad del presidente de la República, Rodrigo Chaves, tras denuncias por presunta beligerancia política.

En su análisis, los juristas sostienen que el TSE actuó dentro de su marco constitucional y que sus competencias incluyen la potestad de promover este tipo de solicitudes cuando existan indicios de violaciones a la normativa electoral. Rechazan, además, los argumentos de quienes afirman que el TSE se extralimitó en sus funciones.

“Sostener que el TSE no puede solicitar el levantamiento de la inmunidad en estos casos desconoce tanto la Constitución como el desarrollo legal que la complementa”, señalan los abogados en el texto.

Jiménez y Cordero recuerdan que el artículo 102 de la Constitución Política otorga al TSE autonomía plena y competencia exclusiva en materia electoral, lo que incluye la potestad de investigar y tramitar denuncias por beligerancia política de cualquier funcionario, incluso del presidente.

Asimismo, los autores destacan que la figura de la inmunidad no debe confundirse con un privilegio personal, sino con una garantía funcional que protege el ejercicio del cargo frente a persecuciones arbitrarias, pero que puede levantarse si existen fundamentos legales suficientes.

En el artículo, los juristas también subrayan que la actuación del TSE no representa una falta administrativa ni una intromisión política, sino una medida amparada en la Constitución y en el principio de transparencia y rendición de cuentas.

Finalmente, advierten que cuestionar las potestades del Tribunal podría debilitar su papel como garante de la pureza del sufragio y la imparcialidad electoral, pilares fundamentales del sistema democrático costarricense.

“El constituyente quiso que el TSE tuviera autonomía plena para salvaguardar la pureza del sufragio”, concluyen los autores.

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