Si su empresa importa mercancía, la reforma a la Ley General de Aduanas que hoy está en la Asamblea Legislativa le afecta, aunque usted nunca haya tenido un problema con la aduana.
El proyecto, Expediente N.° 25.736, busca combatir el contrabando con más fuerza. Es un objetivo que el sector formal comparte: el contrabando le quita ventas y competitividad a quien paga sus impuestos, y va en aumento: entre enero y julio de 2026, Hacienda recibió un 45% más de denuncias por contrabando y evasión que en el mismo período de 2025. Pero la forma en que está redactado también cambia las reglas para las empresas que cumplen, y conviene conocerlas antes de que se aprueben.
Lo que cambia para bien
La reforma trae mejoras que vale la pena defender:
- El contrabando se concentra en los casos grandes. El monto a partir del cual una diferencia se considera delito sube de US$5.000 a US$20.000.
- La defraudación aduanera vuelve a ser delito, a partir de US$10.000 en impuestos evadidos.
- Multas más razonables para ciertas diferencias. Hoy, si llega mercancía de más o de menos, la multa puede ser igual al 100% de su valor. Con la reforma sería un monto fijo de unos ₡924.000.
- Protección frente a quien opera sin permiso. Se crea un delito para quien actúa ante la aduana sin estar autorizado.
Dónde está el riesgo
El problema no está en castigar el contrabando, sino en cómo la reforma trata los errores comunes de la operación diaria.
El proyecto crea una lista de 127 faltas específicas para las empresas que participan en el proceso aduanero, como agentes de aduanas, agentes de carga y transportistas. Muchas son errores de forma: un peso mal digitado, una descripción incompleta o un documento transmitido fuera de plazo. Cada uno puede costar más de un millón de colones.
Además, las faltas se acumulan. Si la misma se repite en cuatro años, la multa sube; a la tercera repetición se convierte en delito, con prisión de 3 a 6 años. Y tres faltas de cualquier tipo en ese período pueden significar tres días sin poder operar, sin derecho a apelar.
Para el importador, esto se traduce en atrasos y costos. Si su agente de carga queda suspendido, su mercancía se detiene. Y si el error nació en la información que usted o su proveedor entregaron, tarde o temprano ese costo le llegará.
Cinco cosas que puede hacer desde ya
La reforma aún no es ley, pero prepararse no cuesta mucho y ordena la operación con cualquier ley:
- Exija a sus proveedores documentos completos y exactos. Factura y lista de empaque deben coincidir con lo que realmente se embarca, con descripciones específicas y no genéricas.
- Confirme los permisos antes de comprar. Si un producto requiere permiso del SENASA, del Ministerio de Salud u otra entidad, verifíquelo antes del embarque, no cuando la carga ya llegó.
- Pregunte a su agente de carga cómo controla los errores. Una buena señal es que mida el porcentaje de documentos que transmite correctos a la primera.
- Revise sus contratos. Deje claro quién asume el costo cuando el error viene de la información del proveedor.
- Corrija rápido. Si detecta una diferencia, repórtela de inmediato a su agente; un error corregido a tiempo puede no llegar nunca a la aduana.
Una buena ley, con ajustes
El proyecto está en la Comisión de Gobierno y Administración. Todavía hay tiempo para que la ley distinga entre quien hace contrabando y quien comete un error de buena fe, que la corrección voluntaria tenga un incentivo y que un mismo hecho no genere dos sanciones.
Mientras tanto, la mejor protección para una empresa formal es la misma de siempre: documentos claros, proveedores confiables y errores corregidos a tiempo.
Fuentes
Infobae: Denuncias por contrabando y evasión fiscal aumentan 45% en Costa Rica (26/08/2026)