La lógica perversa y la anticoncepción de emergencia

» Por Dr. Alejandro Marín Mora - Médico, especialista en Anatomía Humana y Bioética, miembro del Comité de Bioética del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, Doctorando de la Universidad de Murcia

Como si historia de la humanidad no estuviera colmada de enseñanzas, parece que la memoria de unos pocos es muy vaga, y nos condenan como sociedad a repetir los mismos errores una y otra vez sin darnos oportunidad para aprender de ellos.

Con la noticia que el Ministerio de Salud de Costa Rica tramita el registro del levonorgestrel -hormona que puede ser utilizada como anticonceptivo de emergencia-, algunas pocas personas han alzado la voz en contra de dicho registro y de dicha pastilla.

Como vemos estamos discutiendo en Costa Rica, un tema que en otros países ya fue superado, ya que fue el primer caso documentado de su uso en la década de los ´60, cuando médicos de los Países Bajos la utilizaron en una niña de 13 años abusada sexualmente en la mitad del ciclo menstrual. Por ultimo en 1974 médico Albert Yuzpe en Canadá desarrollo el Método de Yuzpe que se usa inclusive en Costa Rica y el resto del mundo.

La argumentación principal es que catalogan este anticonceptivo hormonal como “abortivo” y aseguran que causa serias complicaciones para la mujer.

Lo anterior es lo que podemos denominar como “lógica perversa”, por las siguientes razones:

Primero el medicamento Levonorgestrel es una hormona de progestina, derivado de la progesterona, una hormona que ya poseen las mujeres, esta hormona en los días que dura la ovulación prepara el endometrio del útero para la posible implantación del embrión. Al mismo tiempo la progesterona afecta al epitelio vaginal y el moco cervical, haciéndolo espeso e impenetrable para los espermatozoides.

Pero el mecanismo principal del medicamento Levonorgestrel es impedir el “pico” de otra hormona, la Luteinizante (LH), la cual produce la ovulación (salida del ovulo hacia la trompa de Falopio). Por lo tanto, todos los anticonceptivos hormonales incluyendo la anticoncepción de emergencia trabajan en impedir la ovulación, de esta manera se evita que los espermatozoides puedan fecundar a un ovulo, pues este no se liberó. Por ello catalogarlos de “abortivos” es un error técnico muy serio, que solo reafirma el desconocimiento en el tema por mala preparación teórica o bien para mantener una argumentación dogmática o pseudo ética en contra de la evidencia ético-científica

Pero aun así veamos que persiguen las personas que afirman que la anticoncepción de emergencia es “abortiva”, y en base a dicha afirmación generan una lógica perversa.

Segundo, si la anticoncepción de emergencia es un medicamento hormonal idéntico en su naturaleza química a todos los anticonceptivos, porque no catalogan a todos los anticonceptivos hormonales como “abortivos”? Sí los anticonceptivos hormonales se utilizan en todo el mundo incluidos los países que prohíben toda forma de aborto porque no los retiran del mercado, bajo la premisa que son “abortivos”?

Analicemos el caso de Nicaragua, en el año 2006 con el apoyo del “dictador” Daniel Ortega este hermano país modifico su Código Penal y prohibió el aborto terapéutico, quedando este país sin una figura legal para proteger la vida de las mujeres ante una complicación del embarazo; pero la anticoncepción hormonal incluyendo la anticoncepción de emergencia se despacha sin receta médica. Entonces surge la pregunta ¿Cómo la dictadura de Daniel Ortega permite este medicamento si supuestamente es “abortivo” y en este país el aborto es prohibido?

Como vemos predomina la lógica perversa, que con el único fin de mantener el dogmatismo incuestionable, niega la posibilidad a una mujer que sufre una violación sexual la posibilidad de evitar una gestación consecuencia de ese crimen. En una sociedad costarricense violenta, machista y que sistemáticamente niega y vulnera los derechos a las mujeres, y en la cual se contabilizaron el año anterior 39 hombres y 369 mujeres víctimas de abuso sexual, garantizar una atención integral y suministrar el tratamiento con retrovirales y anticoncepción de emergencia es una obligación del Estado para con esas personas víctimas.

Tercero, la iglesia y la anticoncepción: Pese a oponerse a los anticonceptivos en la Encíclica Humanae Vitae, el Papa Pablo VI a razón de los abusos sexuales que sufrían permitió a las monjas del antiguo Congo belga “usar anticonceptivos para casos en los que fueran violadas”. Pero como un papa permitió que se usaran pastillas anticonceptivas hormonales sin estas son supuestamente “abortivas”, según afirman ciertos sectores incluida la misma iglesia católica de Costa Rica. Como se observa es una lógica perversa; el papa Pablo VI permitió el uso de este método porque se sabía que su mecanismo de acción no produce el aborto, porque el tratamiento es basado en las mismas hormonas que posee la mujer como se explicó anteriormente.

En la misma línea de ideas, el papa Francisco admitió el uso de anticonceptivos para evitar el contagio del virus Zika en las zonas afectadas, “evitar el embarazo no es un mal absoluto” refirió Bergoglio en el año 2016. Por ello vemos que en caso de violaciones sexuales y enfermedades la iglesia católica permite el uso de anticonceptivos, y no pueden argumentar que anticonceptivos de barrera, como el condón, porque sería ilógico pedirle el “favor” al violador que use un preservativo.

Una iglesia católica y particularmente la de Costa Rica con una profunda crisis de credibilidad y legitimidad por los casos acontecidos de pederastia, se ha opuesto en el pasado y actualmente a la anticoncepción de emergencia, siguiendo una lógica perversa y desconociendo lo permitido en su momento por los papas Pablo VI y Francisco. Parece que los clérigos y otros en Costa Rica prefieren seguir la línea de Juan Pablo II que permaneció inamovible en la prohibición del uso de los preservativos -incluso para evitar el contagio del HIV-SIDA-, a los que ha considerado una “blasfemia contra Dios”, sin importar que en África por ejemplo hay más de 27 millones de personas con esta enfermedad.

En noviembre de 1999 la Organización Mundial de la Salud (OMS) incorporó el método Yuzpe y de Gestágeno en la lista de Drogas Esenciales que los países debían ofrecer. Asimismo la American Academy of Pediatrics, el American Congress of Obstetricians and Gynecologists y la Food and Drug Administration todos de los Estados Unidos; el Royal College of Obstetricians and Gynaecologists de Inglaterra, y el máximo organismo en materia de salud, la OMS indican que no hay condiciones médicas en las que la anticoncepción este contraindicada, por lo tanto no existe justificación médica o ética para exigirle prescripción médica.

Así las cosas, oponerse a la anticoncepción de emergencia es ir en contra de la medicina basada en la evidencia, y al no ser un medicamento “abortivo”, no hay dilema bioético en su administración, por lo tanto los profesionales en medicina y farmacia no deberían alegar objeción de conciencia o razones de “Fe”, ya que violentan el Derecho a la Salud de la personas y pueden enfrentar demandas civiles y penales entre otras argumentaciones jurídicas por la doctrina del wrongful pregnancy y wrongful conception.

La Asociación Médica Mundial sostiene que se debe permitir que todas las mujeres opten por un control de fecundidad por voluntad propia y no por azar. La capacidad de regular y controlar la fecundidad debe considerarse como un componente principal de la salud fí­sica y mental de la mujer, como también de bienestar social. La anticoncepción puede evitar las muertes prematuras de mujeres, causadas por las complicaciones asociadas a los embarazos no deseados.

En conclusión argumentar en contra de la anticoncepción de emergencia es seguir una lógica perversa.

Los artículos de opinión aquí publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de EL MUNDO. Cualquier persona interesada en publicar un artículo de opinión en este medio puede hacerlo, enviando el texto con nombre completo, fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados y número de teléfono al correo redaccion@elmundo.cr.

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