Disparates legislativos

Las listas de espera en la Caja Costarricense de Seguro Social, es un problema que no se ha solucionado. Muchos costarricenses recurren a la Sala Constitucional reclamando para ser atendidos, lo que ha ocasionado que los recursos de amparo en esta materia van en aumento año con año, con excepción del año 2020.

Prueba de ello es que en el voto Nº 02976 del 2023, el mismo Tribunal Constitucional indicó que según las estadísticas que llevan, la cantidad de expedientes de salud ingresados por año es la siguiente:

AÑOCANTIDAD EN SALUD
20121745
20131891
20142710
20153725
20164865
20175682
20186932
20197623
20205912
20217796
20228310

La Caja Costarricense de Seguro Social ha respondido indicando que supuestamente es por falta de capacidad económica, problemas de infraestructura adecuada, aumento poblacional, consideraciones epidemiológicas, ausencia de un sistema adecuado para cubrir la falta de médicos especialistas, necesidades de equipamiento, la demanda de servicios de primer nivel de atención ha aumentado, y otras excusas similares.

Por lo anterior, no se comprende que en la Asamblea Legislativa se quiera aprobar el proyecto de ley denominado “MENSTRUACIÓN Y JUSTICIA”, que lejos de proponer solucionar los problemas de la CCSS, más bien propone nuevas obligaciones para las cuales no se sabe si hay contenido presupuestario o no.

Leemos en el artículo 9 que “Todas las mujeres tienen derecho al acceso oportuno a productos de salud e higiene menstrual. La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), podrá integrar en su lista oficial de medicamentos cualquier producto higiénico menstrual y deberá garantizar la existencia y accesibilidad de toallas sanitarias, tampones y protectores diarios en los centros de salud públicos.”

El artículo es irracional, pues la menstruación no es una enfermedad y los productos de salud o higiene menstrual no curan enfermedades. En efecto, la menstruación no aparece en la Clasificación Internacional de Enfermedades, en cambio, la amenorrea, es decir la falta del período, cuando no hay embarazo, lactancia o menopausia, si aparece, pero lamentablemente, en el proyecto no se prevé ningún tratamiento para sanarla.

Pregunto: ¿De dónde saldrán los fondos para cumplir con la obligación de garantizar la existencia de toallas sanitarias y productos similares? De existir esos fondos, ¿por qué no se han utilizado para solucionar los muchos problemas que la CCSS alega tener?

Sumado a lo anterior, en el artículo 5 del proyecto de ley se indica que el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) deberán “desarrollar campañas de información y concienciación en educación menstrual, enfocadas en la diversidad de productos de higiene menstrual, gestión de la menstruación, necesidad de infraestructura menstrual, prevención de la pobreza menstrual, productos menstruales sostenibles y contaminación menstrual”.

De nuevo mi crítica es que, se imponen obligaciones, sin saber si hay contenido presupuestario para desarrollar dichas campañas de información. Además, ¿el INAMU, el Ministerio de Salud y la CCSS no tienen problemas más graves que atender con los fondos públicos que manejan?

Por último, en el artículo 7 se dispone que “El Ministerio de Justicia y Paz y la Dirección General de Migración y Extranjería, en coordinación con el Ministerio de Salud y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), implementarán las políticas públicas y demás actividades tendientes a educar en materia de salud e higiene menstrual a la población de los centros penales y de detención por condición migratoria. El Estado proveerá los productos de higiene menstrual a la población de los centros penales y de detención.”  Por supuesto que, al igual que con los otros artículos indicados, con éste artículo tampoco sabemos si hay contenido presupuestario para cumplir con el deber que se está imponiendo.

Si queremos reducir el déficit fiscal en Costa Rica se debe reducir el gasto público, y no es precisamente con estos disparates legislativos que lo vamos a lograr.

Los artículos de opinión aquí publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de EL MUNDO. Cualquier persona interesada en publicar un artículo de opinión en este medio puede hacerlo, enviando el texto con nombre completo, foto en PDF de la cédula de identidad por ambos lados y número de teléfono al correo redaccion@elmundo.cr, o elmundocr@gmail.com.

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