Discriminar: ¿es un derecho?

» Por Lic. Sergio Villalta Solís - Secretario de Asuntos Legales del Instituto Libertad

En la ciudad de Denver en el estado de Colorado, un panadero se negó a venderle un pastel de matrimonio a una pareja gay. El panadero manifestó que está en contra de la homosexualidad.

Y además dijo que se negaba a venderle a cualquiera que fuese gay. El caso llegó incluso hasta la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos a principios de este año. (Fuente: milenio.com)

Pero en Seattle, en el estado de Washington, Ben Borgman es un homosexual (él mismo abiertamente así lo ha manifestado ante los medios) y es dueño de una cafetería.

El pasado mes de septiembre tres hombres con libros religiosos en mano (biblias, panfletos, etc) entraron a su establecimiento. Borgman le negó el servicio a los tres hombres al ver que eran miembros de un grupo religioso y a gritos les pidió que salieran de su cafetería.

La razón: ser cristianos y estar en contra de la homosexualidad y el aborto. El video del incidente se hizo viral en Youtube. (Fuente: huffingtonpost.com)

I. La discriminación: ¿es necesaria?

Según el diccionario de la Real Academia Española discriminar significa: “seleccionar excluyendo”. Podemos decir que discriminar es la acción de elegir o escoger por medio de una selección.

Todos discriminamos, por ejemplo: cuando vamos al supermercado y decidimos comprar papas en lugar de tomates. Discriminamos a los productores de tomates en favor de los que producen papas.

Lo mismo sucede cuando elegimos vivir en cierto vecindario que nos agrada, en vez de vivir en otro vecindario que nos disgusta. Los ejemplos son infinitos.

Pero seamos honestos, la libertad solo se pueden ejercitar de manera real si se enfoca a través del derecho de propiedad. Porque ciertamente el hombre no puede tener la libertad de hacer lo que quiera sin un derecho de propiedad sobre el lugar en que ejercerá esa libertad.

Por ejemplo: yo no puedo entrar a su casa y después alegar que estoy ejerciendo mi derecho a la libertad de tránsito. Es evidente que esa justificación sería risible porque estaría violentando su derecho de propiedad.

Murray Rothbard en su obra La Ética de la Libertad nos explica que:

“Tomemos por ejemplo el “derecho humano” a la libertad de expresión. La libertad de expresión se supone que significa el derecho de todos a decir lo que queramos. Pero la pregunta que se olvida es: ¿Dónde? ¿Dónde tiene un hombre este derecho? Sin duda no lo tiene en una propiedad que esté allanando. Es decir, tiene este derecho sólo en su propiedad o en la de otro que se lo haya permitido, por donación o contrato”

II. La discriminación religiosa de todos los días.

De igual manera podríamos examinar la “libertad de culto”. ¿Dónde puede el hombre practicar libremente su religión y dónde tiene un individuo este derecho?

¿Podría un musulmán practicar su fe en una sinagoga o podría un católico practicar su religión en una mezquita? ¿Qué pasaría si un grupo de católicos decide entrar a una sinagoga a evangelizar a los presentes?

Evidentemente un seguidor de la religión católica no podría practicar su fe en un lugar que no le pertenece – a menos -, que el dueño de esa propiedad así lo consienta. Y lo mismo se puede decir en el caso inverso.

Los propietarios de las iglesias discriminan todos los días entre las diferentes religiones y le permiten la entrada solo a los seguidores de una religión con la cual simpatizan.

Su acto de permitirle a unos fieles practicar su religión, pero no a otros, es un acto de discriminación. Porque están seleccionando de manera excluyente quién sí puede practicar su fe y quién no puede hacerlo.

Pero como solo los propietarios del lugar pueden reclamar su derecho de propiedad, las demás personas al quedar excluidas no sufren perjuicio alguno; ya que carecen de un derecho sobre ese bien inmueble donde se localiza la iglesia.

III. ¿Deberían los propietarios de un negocio gozar del derecho a discriminar?

El propietario de un establecimiento cualquiera – digamos un restaurante por ejemplo -, tiene el derecho de permitirle la entrada solo a las personas con las cuales simpatiza o desea hacerlo.

¿No es el hombre dueño de si mismo? ¿No es por lo tanto dueño de lo que su mente y trabajo le producen? Porque si no lo es entonces solo podría ser un siervo o esclavo, caso en el cual ya no estaríamos hablando de un hombre libre.

Y si el hombre es dueño de si mismo, por lo tanto, es también una consecuencia lógica que sea dueño de lo que su cuerpo y su mente produzcan. Entonces: ¿por qué no debería tener el derecho para disponer sobre su propiedad como mejor quiera?

Y como nadie más que el dueño tiene un derecho sobre su propiedad, nadie podría alegar un perjuicio, si el propietario autoriza la entrada de ciertas personas y excluye a otros.

Al fin de cuentas el propietario puede discriminar – es decir -, puede escoger cuáles personas entrarán en su establecimiento, así como también puede decidir cuáles actos permitirá y cuáles actos no permitirá en ese lugar.

Por ejemplo: imaginemos un propietario de un restaurante que solo admita a personas que sean fumadoras. ¿Quién tiene el derecho de propiedad? ¿Puede el dueño disponer de sus haberes de la forma que más le convenga?

Si el dueño de ese restaurante es el legítimo propietario, ¿por qué no habría él de disponer de su propiedad de la forma que mejor le parezca?

Pero pasemos a un caso extremo, ¿qué pasaría si en una ciudad cualquiera el dueño de un bar le impida el ingreso a todo aquel que sea judío? Supongamos que el dueño del bar sea un miembro del partido nazi y odie a los judíos. ¿No sería esto moralmente abominable?

La respuesta nos la brinda Aryeh Neier el abogado judío que en 1978 defendió el derecho de los miembros del partido nazi a desfilar – con sus banderas, uniformes y pancartas -, en un pequeño pueblo del estado de Illinois, cuyos habitantes eran mayoritariamente sobrevivientes del holocausto.

Neir fue él mismo una víctima directa del nazismo en la SGM. Aún así defendió la libertad y el derecho que tienen todas las personas – aun los nazis -, de expresar su pensamiento y transitar libremente por las calles.

«Durante el juicio, rememora, le llegaron un montón de cartas criticando que él, un judío, pudiera defender la libertad de expresión de los nazis. “Precisamente por ser judío, les decía, sabía que todo el mundo tiene derechos. Y si se le quitan a un grupo, se le puede a quitar a todos”» (Fuente: elpais.com 05/13/15)

Entonces, si un grupo de nazis tiene el derecho a usar una calle pública y desfilar en esta, ¿cómo no tendrían el derecho de usar su propiedad privada como mejor les plazca?

IV. La discriminación en un mercado libre.

Siguiendo con el primer ejemplo – y desde luego en un mercado libre -, la decisión del propietario del restaurante en admitir solo a las personas que sean fumadoras posiblemente le disminuya las ventas. Siempre que en ese lugar la mayoría de potenciales clientes no sean fumadores.

De lo cual se sigue, que si el ejemplo se plantea a la inversa, es decir, un restaurante que solo admita a los no fumadores, entonces posiblemente sus ventas aumenten si la mayoría de clientes potenciales no son fumadores.

La fabuloso de un mercado libre es que serán las personas mismas las que deciden si el negocio comercial cierra o permanece abierto; dependiendo de que tan aceptable sea la discriminación.

V. La discriminación: ¿es agresión?

En estos y otros muchos ejemplos debemos tener claro que la discriminación que se hace cuando se ejercita el derecho de propiedad no es sinónimo de agresión física o patrimonial. Puesto que no se está privando a otro de ningún derecho.

Es decir, no se le está causando un daño porque no tiene derecho alguno sobre la propiedad ajena. Es evidente que si alguien reclama algo que no le pertenece no puede alegar después un perjuicio cuando se le niega.

Algo parecido sucede cuando se le permite a los miembros del Ku Klux Klan (KKK) a que desfilen por la calles y lleven sus pancartas con mensajes racistas. El derecho de expresión del KKK no priva a los demás de ningún derecho, ni tampoco les causa una agresión física o patrimonial.

¿Es desagradable? ¿Es nauseabundo? ¿Es moralmente censurable? Sí es desagradable, nauseabundo y moralmente censurable.

Repito, sí es censurable desde un punto de vista moral. ¿Pero debe prohibirse? No debe. Existe una frase que se le atribuye (para algunos de manera errónea) a Voltaire: “Estoy en desacuerdo con lo que dices, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo.”

Que algo sea desagradable y moralmente censurable no es razón suficiente para que se prohíba. De lo contrario, se podría llegar a pedir que se prohíba el adulterio o la venta de bebidas alcohólicas, la primera por ser moralmente censurable y la segunda por ser físicamente dañina.

VI. La discriminación políticamente correcta.

Generalmente no existe ninguna protesta cuando se discrimina contra algo que es aceptado por la mayoría de las personas en un lugar y una época en particular. Por esta razón, es frecuente que en muchos lugares se discrimine contra los fumadores.

En otros lugares se discrimina en contra de los hombres, por ejemplo, existen gimnasios que solo acepta la entrada de mujeres y le prohíben la entrada a los hombres.

O existen restaurantes que no aceptan la entrada de personas con mascotas. En otros establecimientos se le impide la entrada a los hombres, a menos que lleven puesta una corbata. En fin, estos y otros ejemplos son discriminaciones socialmente aceptables.

Las cosas se complican cuando se empieza a discriminar contra lo que la mayoría desaprueba. Por ejemplo, ¿podría el propietario de un restaurante prohibirle la entrada a su establecimiento a un homosexual? ¿O a la inversa, podría el propietario impedirle la entrada a personas heterosexuales?

Aquí lo importante es entender que aquello contra lo que se discrimina es irrelevante. No importa debido a que no se altera el principio básico. El hecho que la mayoría acepte – o no acepte esa discriminación -, es algo que no altera el derecho del propietario.

El derecho de propiedad sobre lo que es nuestro lleva implícito la posibilidad real de discriminar y decidir mediante la exclusión o la selección – y según nuestro mejor parecer – quién o quiénes entrarán a nuestra casa o a nuestro restaurante por ejemplo -, qué cosas se les permitirá hacer y hasta cuándo se les permitiré hacerlo.

El problema surge cuando el Gobierno interviene y decide contra quién sí se puede discriminar y contra quién no se puede. Porque debido a la intervención del gobernante se termina solo discriminando contra lo que es “socialmente” aceptable. Y se prohíbe discriminar contra lo que se considera políticamente incorrecto.

Así terminamos todos siendo marionetas del poder estatal. Donde se nos prohíbe hacer esto, pero no aquello. Y más importante se termina lesionando el derecho de propiedad.

Lo cual significa que terminamos siendo menos libres. Porque prohibir la discriminación – entendida como la selección pacífica y excluyente de algo -, es prohibir la libertad misma.

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