Alquileres y justo equilibrio (Subsidio: bono para el alquiler)

» Por Dr. Rodolfo Hernández Gómez - Pediatra

El subsidio o bono para el alquiler, propuesto por el diputado Otto Roberto Vargas Víquez, es la solución real y concreta. Es la solución que urge aprobar. Esperamos que, una vez más, impere la objetividad y nobleza de las diputadas y diputados.

Esa iniciativa debe apoyarse para el bienestar de las familias que pagan un alquiler, y que han resultado afectados por la pandemia del COVID-19.

Debe existir un justo equilibrio; y el Ministerio de Vivienda y el BANHVI, con dinero del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, tienen los recursos, para apoyar ese equilibrio entre las partes.

El Estado debe garantizar justicia para cada uno, respetando los derechos humanos de todos. Todas las personas estamos pasando por momentos, nunca esperados.

La pandemia del Covid, nos está dañando… como personas y como país. Todos estamos en riesgo, nuestra salud corre peligro: la de menores y los mayores, la de mujeres y hombres. Hay peligro para todo el núcleo familiar.

El peligro es para la salud, pero también hay daño a la salud de la economía nacional y personal.

Y, ante el peligro, ante la menor cantidad de ingresos para las familias, por pérdida del trabajo, suspensión de labores o reducción de jornadas, se deben adoptar acciones justas, para los afectados por esta pandemia.

Y, entre las acciones justas: se deben diseñar y ejecutar las que protejan el techo de las personas que pagan un alquiler, para poder vivir en viviendas que no son de su propiedad. Son miles las familias las que necesitan de protección y solidaridad.

Pero esa protección y solidaridad debe incluir a quienes son propietarios de esas viviendas. Ellos también requieren de esos recursos mensuales, para poder vivir, y pagar, entre otros, impuestos nacionales y municipales, tarifas de agua, electricidad, y en muchísimos casos deudas con los bancos. Y, por supuesto, también para el mantenimiento de sus familiares.

Esa protección gubernamental y de solidaridad social, está plasmada en el proyecto de ley – de don Otto -, que pretende reformar el artículo 46 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda.

En esta propuesta del diputado Vargas Víquez, se plantea un subsidio del 25% de salario base mensual de un oficinista del Poder Judicial hasta por seis meses.

Recordemos que la razón principal del Ministerio de la Vivienda y del BANHVI, es garantizar viviendas para el mayor número de habitantes. No podemos ni siquiera imaginar a las familias…  saliendo de las casas en las que habitan. La falta de recursos de los afectados por la pandemia, podría llevar a que muchísimas familias se queden sin techo y abrigo.

Es obligación moral de las autoridades de vivienda: resguardar a niñas y niños, a abuelas y abuelos, a mujeres y hombres – madres y padres de familia – que, sin desearlo, están con menos dinero, incluso para sus alimentos.

La propuesta del Diputado Otto Roberto Vargas, del partido Republicano, es viable (en el sector estatal de vivienda, hay recursos económicos), es justa, es necesaria, y es urgente. La vivienda da protección a la dignidad humana, los ingresos justos para todas las partes implican fomentar la armonía social.

La familia costarricense desea colaboración para el pago del alquiler de viviendas, y para los dueños, muchísimos de ellos, necesitados de recibir esos pagos – que se sustentan en lo legal -, y que sirven para el sostén de sus familias. SE NECESITA INCLUSIÓN, SIN EXCLUSIÓN

El texto del proyecto de ley es claro y sencillo, pero muy efectivo para garantizar protección. Aquí transcribo parte del mismo:  “a raíz del COVID-19, con la finalidad de subsidiar el pago de alquileres de vivienda por un período de hasta por 6 meses y por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) del salario base mensual del oficinista 1 del Poder Judicial, a todas aquellas personas que durante el periodo de calamidad pública, sufrieron despido o suspensión, los que perciben un 50% de su salario por la reducción de su jornada laboral, y por tanto sus fuentes regulares de ingresos económicos se hayan reducido significativamente por dicha calamidad, todo debidamente comprobado y justificado”.

Para mayor claridad, no debemos olvidar (habitantes y gobernantes), el mandato del artículo 51 del Capítulo de las Garantías Sociales, de nuestra Constitución Política, que dicta: “La familia, como elemento natural y fundamento de la sociedad, tiene derecho a la protección del Estado. Igualmente tendrán derecho a esa protección la madre, el niño, el anciano y el enfermo desvalido”.

En Costa Rica debe imperar siempre la fraternidad y no el egoísmo. Los Gobernantes deben aplicar la justicia y la ética… siempre.

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