
Washington, 8 mar (elmundo.cr) – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda la decisión de las autoridades de El Salvador de conmutar la pena y conceder la libertad a Teodora del Carmen Vásquez, tras 10 años de prisión por haber sufrido un aborto espontáneo.
La CIDH de igual manera expresa su preocupación porque al menos otras 26 otras mujeres siguen encarceladas tras sufrir complicaciones obstétricas, resultado de la criminalización total del aborto en el país.
Ante esto la comisión hace un llamado a El Salvador a revisar detenidamente las condenas en cada uno de estos casos y a reformar la legislación que prohíbe actualmente el aborto en todas circunstancias, de conformidad con los estándares internacionales de derechos humanos.
En 2007 Teodora del Carmen Vásquez fue detenida tras sufrir un aborto espontáneo en su lugar de trabajo, fue acusada de homicidio agravado y condenada a 30 años de prisión, el 15 de febrero de 2018 fue liberada por orden de la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio de Justicia y Seguridad, tras cumplir más de 10 años de prisión.
De acuerdo a la información disponible, el tribunal consideró que existían “razones poderosas de justicia, equidad y de índole jurídicas” para conmutar esta pena y estimó que la prueba científica no permitía concluir que la interrupción del embarazo fuera el resultado de una acción voluntaria. La Comisión había recomendado la liberación de Teodora del Carmen Vásquez tras su visita de trabajo al país en noviembre de 2017.
La Presidenta de la CIDH, Comisionada Margarette May Macaulay, quien es la Relatora de País para El Salvador y Relatora de los Derechos de las Mujeres señaló que “la liberación de Teodora es una noticia alentadora y la recibimos como una señal positiva. Sin embargo, El Salvador sigue teniendo una deuda pendiente con todas las mujeres en el país: garantizar que ninguna más sea criminalizada y encarcelada por sufrir emergencias obstétricas y abortos espontáneos. En estas situaciones en que una mujer pierde un embarazo involuntariamente, la imposición de estas penas injustas constituye un trato cruel, inhumano y degradante”.
La Comisión destaca el impacto negativo de las leyes que criminalizan el aborto de forma absoluta sobre los derechos a la vida, a la integridad personal, a la salud, y a los derechos de las mujeres a vivir libres de violencia y de discriminación.
En El Salvador, el artículo 133 del Código Penal impide que las mujeres tengan acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones legales, seguras y oportunas cuando el embarazo pone en riesgo su vida o su salud, es el resultado de una violación y/o cuando el feto tiene malformaciones incompatibles con la vida extra-uterina.
La CIDH llama a El Salvador a emprender un moratorio a la aplicación del artículo 133 del Código Penal; a revisar detenidamente las condenas en cada uno de estos 27 casos mencionados en miras a asegurar el juicio justo y libre de estereotipos a cada una de las mujeres y, de probarse lo contrario, a poner en libertad a estas mujeres.
Para la comisión la criminalización de mujeres que han sufrido emergencias obstétricas y abortos involuntarios también tiene graves repercusiones para el desarrollo general, el bienestar y el acceso de sus hijos e hijas a oportunidades en igualdad de condiciones con otros niños y da lugar a violaciones a su derecho a una vida familiar libre de injerencias ilegítimas.
Durante su visita al país, la comisión obtuvo información relativa a los diversos proyectos de reformar el artículo 133 del Código Penal relativo a la penalización del aborto. En ese sentido, exhorta al Estado salvadoreño a tomar las medidas necesarias para terminar con la criminalización absoluta del aborto en el país.
La CIDH llama a El Salvador y a los Estados de la región que aún no cuentan con un marco normativo adecuado, a adoptar legislación dirigida a garantizar a las mujeres el ejercicio efectivo de sus derechos sexuales y reproductivos, en el entendido que la denegación de la interrupción voluntaria del embarazo en determinadas circunstancias constituye una vulneración a los derechos fundamentales de las mujeres, niñas y adolescentes.