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Edicto

Yo MARIA CECILIA BONILLA GAMBOA, número de identificación 1-0329-0230, solicitante del Certificado de depósito a plazo, emitido por el BANCO NACIONAL DE COSTA RICA, oficina de SAN PEDRO MONTES DE OCA, que se detalla a continuación:

Tipo de título (CDP o cupón): CUPON
Número de título valor: 400-02-080-129313-1
Monto: $18.70
Fecha de emisión: 26/07/2024
Fecha de vencimiento: 28/07/2025

Título(s) emitido (s) A LA ORDEN, a una tasa de interés del 3.66 %.
Solicito reposición de este documento por causa de EXTRAVIO.

Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.

Emitida en SAN PEDRO, el 29 de julio del 2025.
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

Código: RE01-PR29CP01

Exclusiva de El Mundo

Futbolista costarricense deja el miedo y cuenta cómo le pagaban millones en efectivo

Hablar cuando todavía se pertenece al fútbol no siempre resulta sencillo. Hay futbolistas costarricenses a quienes les han quedado debiendo dinero, les han incumplido condiciones previamente acordadas o han terminado una relación laboral inconformes y, aun así, prefieren guardar silencio. El temor a cerrarse puertas, quedar marcado ante otros dirigentes o complicar la posibilidad de conseguir equipo también juega su propio partido.

Pero hubo un futbolista costarricense que decidió tomar otro camino. Después de desarrollar buena parte de su carrera fuera del país y regresar al fútbol nacional, llevó a los tribunales una disputa laboral en busca de lo que considera sus derechos. No acudió únicamente con su palabra: presentó contratos, estados de cuenta, fotografías, comprobantes, comunicaciones y otros documentos que ahora forman parte de un voluminoso expediente judicial.

Entre esas pruebas aparecen imágenes particularmente llamativas: fajos de billetes dentro de bolsas plásticas transparentes, acompañados por pequeños papeles en los que figuraban su nombre, la quincena correspondiente y el monto entregado. Según su versión, durante meses una parte de su salario llegó al banco y otra terminó directamente en sus manos, en efectivo.

La historia es mucho más amplia. Hay tres contratos con cifras distintas, tres personas jurídicas involucradas, salarios reportados ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) considerablemente menores al ingreso que asegura haber recibido, una carta de despido y una promesa de pagarle lo que faltaba de su contrato. Las tres personas jurídicas terminaron demandadas y el caso continúa abierto, sin sentencia.

Tres documentos y tres cifras distintas

Para comprender la disputa legal por resolver hay que regresar a finales de 2021. En diciembre de ese año se firmó un documento denominado “precontrato contrato” con la sociedad anónima que administra a la asociación propietaria del derecho de participación en Primera División. Ahí se establecía una remuneración de $10.000 mensuales y un vínculo por seis torneos, desde el Clausura 2022 hasta el Apertura 2024.

Después apareció otro documento un mes después, junto cuando el torneo anterior había finalizado. En enero de 2022, el jugador firmó un contrato deportivo con la asociación que posee el derecho de competir en Primera División. Ese es, precisamente, el contrato que el equipo certificó ante la Federación Costarricense de Fútbol y que, posteriormente, el ente del fútbol certificó ante el juzgado como el registrado oficialmente, sin que conste ante esa organización una enmienda, modificación, adenda o un nuevo contrato. El salario estipulado ahí era de ₡1.270.000 mensuales.

Pero todavía faltaba una tercera pieza. También en enero del 2022, el futbolista y la sociedad anónima que administra a la asociación deportiva suscribieron un contrato privado deportivo que establecía una remuneración de $12.000 mensuales netos, dividida en dos pagos quincenales. Su vigencia se extendía hasta el 31 de diciembre de 2024. Esto lo relata el jugador en su denuncia y lo respalda con el documento que él dice es el contrato.

Tres documentos alrededor de una misma relación y tres cifras que hoy resultan esenciales para entender la disputa: ₡1.270.000, $10.000 y $12.000 netos. Para el futbolista, el último monto representaba su verdadera remuneración. Las partes demandadas lo rechazan y sostienen que el contrato válido es el que fijaba ₡1.270.000 mensuales y que nunca se pactó válidamente un salario neto de $12.000. 

Una parte por medio de transferencias; millones en efectivo

Entonces aparece uno de los capítulos que convierten este expediente en un caso particularmente llamativo para el fútbol costarricense.

Según la demanda, ₡635.000 llegaban mediante transferencia bancaria cada quincena. Esa cantidad, sin embargo, no alcanzaba los $12.000 netos mensuales que el jugador sostiene que constituían su salario. La diferencia, de acuerdo con su relato y las pruebas aportadas al expediente, se calculaba en colones y se entregaba físicamente.
Además, señala que “eso le molestaba, porque su contrato estaba en dólares y al pagarle en colones, el tipo de cambio establecido para el cambio de moneda no era coincidente con el Banco Central o el sistema bancario nacional”.

En efectivo.

No estamos hablando de ₡50.000 o ₡100.000 adicionales. Las fotografías incorporadas al proceso muestran paquetes de dinero acompañados por comprobantes. En la primera quincena de febrero de 2022 aparece un monto de ₡3.241.000. Para la segunda quincena de ese mismo mes vuelve a aparecer exactamente la misma cifra.

La secuencia continuó durante los meses siguientes. Hay referencias a pagos de ₡3.241.000 en marzo y abril, además de comprobantes correspondientes a mayo, junio y julio. Para agosto la cantidad consignada en uno de esos documentos subió a ₡3.355.000, cifra que también aparece para setiembre, octubre y noviembre.

Es justamente aquí donde surge una pregunta incómoda: ¿por qué un futbolista aceptaría recibir durante meses una parte importante de su remuneración de esa manera?

El miedo también juega

Quien observa una relación laboral desde afuera puede pensar que lo sencillo era reclamar inmediatamente, negarse a recibir el dinero o exigir que absolutamente todo quedara bancarizado. El fútbol profesional, sin embargo, tiene particularidades que ayudan a entender por qué muchos jugadores terminan aceptando este tipo de prácticas.

Una carrera es corta. Un dirigente que hoy contrata también puede decidir mañana quién sale o incluso, tener algún tipo de liderazgo en la Federación Costarricense de Fútbol. Los clubes conversan entre ellos y un jugador necesita volver a conseguir trabajo cuando termina cada vínculo. El silencio, por eso, puede convertirse en una forma de supervivencia profesional, incluso cuando alguien considera que aquello que sucede alrededor de su contrato no es correcto.

Este jugador decidió finalmente judicializar sus diferencias. Y cuando lo hizo, la forma en la que asegura haber recibido el dinero adquirió una importancia que durante la relación laboral posiblemente no tenía.

Porque apareció otra pregunta: ¿cuánto de todo aquello estaba siendo reportado oficialmente como salario?

Lo que aparecía ante la Caja

El jugador sostiene que realmente ganaba $12.000 netos mensuales. Los montos que, según su demanda, aparecían reportados ante la CCSS eran considerablemente diferentes: ₡675.000 en febrero de 2022; ₡870.000 durante marzo, abril, mayo, junio y julio; y aproximadamente ₡1.270.000 en noviembre y diciembre de ese año y diferentes meses de 2023.

La discusión no es menor. Si el salario real era el defendido por el jugador, su tesis es que las cotizaciones a la seguridad social, al Fondo de Capitalización Laboral (FCL) y al Régimen Obligatorio de Pensiones (ROP) debieron calcularse sobre su remuneración verdadera. El propio juzgado solicitó posteriormente a la CCSS información sobre los salarios registrados entre enero de 2022 y junio de 2023.

Las demandadas rechazan esa interpretación. Su posición es que no correspondía reportar un salario de $12.000 porque esa cantidad, sostienen, nunca constituyó el salario establecido mediante el contrato laboral que consideran válido a pesar de ser la indicada en el precontrato firmado, según indica la demanda. También alegan que el jugador permaneció debidamente asegurado ante la CCSS.

Será un juez el que determine cuál de las dos posiciones tiene sustento.

¿Quién le pagaba?

El dinero abre otra puerta del expediente.

Al revisar sus movimientos bancarios, el jugador sostiene que encontró pagos provenientes de diferentes sociedades. Ese elemento es utilizado en la demanda para plantear la existencia de un eventual grupo de interés económico alrededor de su relación laboral.

Aquí resulta necesario explicar quiénes son los demandados sin revelar sus identidades. Una es la asociación que posee el derecho de participación en Primera División. Otra es la sociedad anónima encargada de administrar a esa asociación. La tercera es una sociedad anónima vinculada al presidente de la empresa administradora.

La tesis presentada por el futbolista es que las tres tuvieron participación, de diferentes maneras, en la ejecución de su relación laboral. Dentro del expediente aparecen depósitos procedentes de esa tercera sociedad durante distintos meses, movimientos utilizados por la parte demandante para intentar demostrar la relación existente entre las empresas.

Pero nuevamente hay que marcar una frontera importante: eso es lo que sostiene el futbolista y no una conclusión judicial. Las partes demandadas rechazan que exista la responsabilidad conjunta que se les pretende atribuir.

El día que todo terminó

En junio de 2023 cambió la historia.

Ese mes, el futbolista recibió una carta en la que se le comunicó que el equipo dejaría de contar con sus servicios por “decisiones técnicas”. También se le otorgaba libertad para firmar con cualquier otro club, dentro o fuera de Costa Rica.

Pero aquella carta contenía una frase que terminaría teniendo enorme relevancia en el litigio: el club indicó que pagaría al futbolista lo que restaba del contrato suscrito.

El contrato privado que el jugador considera válido terminaba el 31 de diciembre de 2024. Cuando fue separado todavía faltaban aproximadamente 19 meses, por lo que, tomando como referencia los $12.000 mensuales que él reclama como salario, esa parte de su pretensión asciende a $228.000.

Las demandadas tampoco aceptan esa obligación. Entre sus argumentos sostienen que no existe el deber legal de pagar todos los salarios posteriores al despido y cuestionan la eficacia que el jugador pretende atribuirle al compromiso contenido en aquella carta.

El contrato registrado ante la Fedefútbol establecía un monto considerablemente menor, ₡1.270.000 mensuales, aunque coincidía en un punto clave con el contrato privado: ambos finalizaban el 31 de diciembre de 2024.

Un despido que también golpeó otro proyecto

Hay otro episodio que ayuda a dimensionar lo que significó para el futbolista quedarse sin trabajo.

En marzo del 2023, cuando todavía tenía contrato, el jugador firmó una opción para adquirir una propiedad valorada en aproximadamente $290.000. Entregó $500 inicialmente y debía completar alrededor de $29.000 como prima.

El 12 de mayo todavía se gestionaba el financiamiento. El propio día de su despido, el banco tenía el avalúo y conocía que el futbolista pretendía cancelar el 10% requerido para continuar con la operación. Apenas cinco días después, la entidad indicó que debía volver a valorar el financiamiento porque los ingresos considerados inicialmente correspondían a una persona asalariada y el jugador ya había dejado de serlo.

La compra finalmente no se realizó y el futbolista incorporó lo ocurrido entre los daños reclamados judicialmente.

Una disputa de ₡206,8 millones

El futbolista presentó la demanda el 28 de febrero de 2024 y esta ingresó al sistema judicial el 4 de marzo de ese año. La estimación inicial del proceso quedó establecida en ₡206,8 millones.

Eso no significa que exista una deuda reconocida por ₡206,8 millones ni mucho menos una condena por esa cantidad. Es la estimación planteada por la parte demandante y será el proceso el que determine cuáles pretensiones, si alguna, resultan procedentes.

Entre los rubros reclamados aparecen los $228.000 por los 19 meses que considera pendientes, diferencias salariales, vacaciones, aguinaldos, aportes relacionados con FCL y ROP, daños relacionados con la frustrada compra de la propiedad, intereses y costas.

Las demandadas sostienen, por su parte, que el salario correspondiente al contrato que consideran válido fue pagado completa y puntualmente, y rechazan que los pagos adicionales modifiquen las condiciones de ese vínculo contractual.

Ahora tendrán que verse las caras

Y hay algo que ElMundo.CR considera indispensable dejar establecido: el caso está en trámite y no existe sentencia. Los $12.000 mensuales, la naturaleza de los pagos, las diferencias salariales, la eventual responsabilidad conjunta de las tres personas jurídicas y los daños reclamados forman parte de una controversia judicial. Las demandadas han rechazado buena parte de esos señalamientos y solicitaron que la demanda sea declarada sin lugar.

En unos meses, las partes tendrán que verse las caras en una audiencia, salvo que antes exista alguna salida negociada. Un eventual acuerdo, por sí mismo, tampoco debería interpretarse automáticamente como una admisión de los hechos o pretensiones planteados por el futbolista: eso dependería de los términos concretos que las partes pactaran. El proceso, por ahora, continúa abierto.

Un caso que el fútbol tendrá que observar

El resultado será relevante independientemente de quién tenga la razón.

Si las pretensiones del futbolista son rechazadas, quedará establecida la valoración judicial sobre una relación laboral en la que convivieron distintos documentos y formas de pago. Si alguna parte sustancial de sus reclamos prospera, el caso podría abrir interrogantes que trasciendan a este jugador y a estas tres personas jurídicas.

Porque entonces la conversación podría trasladarse desde un juzgado laboral hasta el propio fútbol.

Habrá que observar qué lectura hace eventualmente el Departamento de Licencias de la Federación Costarricense de Fútbol del desenlace y si una resolución judicial firme genera alguna actuación dentro de sus competencias. Por ahora, no corresponde anticipar que necesariamente existirá una consecuencia deportiva: primero debe terminarse de discutir lo que está sobre la mesa en sede laboral.

Lo que ya ocurrió es menos frecuente.

Un futbolista decidió que aquello que vivió no terminara únicamente en conversaciones privadas de camerino. Guardó documentos, llevó fotografías, presentó movimientos bancarios y acudió a un juzgado para reclamar lo que considera suyo.

Ahora serán los tribunales los que decidan qué significaban realmente aquellos fajos de billetes.

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