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Sala IV desmiente información errónea sobre alquiler del edificio Impala

» La institución aclaró que el ajuste en el costo del arrendamiento no fue una decisión discrecional, sino el resultado de un análisis técnico que evitó un aumento mayor al solicitado por la empresa.

San José, 14 sep (elmundo.cr) – La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia salió al paso de las informaciones que han circulado recientemente sobre el alquiler del edificio Impala, sede de este tribunal, desmintiendo imprecisiones sobre los costos de arrendamiento y el uso de las instalaciones.

La Sala enfatizó que el incremento en el monto del alquiler no fue una decisión unilateral ni arbitraria tomada en 2024, sino el resultado de un proceso regulado por el contrato, el cual permite revisiones cada tres años.

Según detalló la institución, en 2023, la empresa arrendadora, Direct Communication S. A., solicitó elevar el alquiler mensual a $138.474,26. Sin embargo, tras un estudio técnico de la Sección de Arquitectura e Ingeniería del Poder Judicial, se determinó que el valor de mercado razonable era de $122.496,89 mensuales, IVA incluido.

“El monto establecido fue $15.977,37 inferior al solicitado por la empresa arrendadora, con fundamento en el estudio técnico efectuado”, precisó la Sala.

Asimismo, la institución aclaró que el incremento real derivado de la revisión fue de $6.930,07 mensuales, y no de la diferencia que se ha señalado erróneamente en medios y redes sociales, la cual no tomaba en cuenta la aplicación previa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) tras la entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Sobre la posibilidad de nuevos ajustes, la Sala Constitucional informó que recientemente rechazó una nueva solicitud de la empresa arrendadora, debido a que el plazo contractual de tres años para una nueva revisión aún no se ha cumplido.

Aclaración sobre teletrabajo y uso del inmueble

En relación con las críticas sobre la ocupación del edificio, la Sala Constitucional subrayó que el teletrabajo se aplica bajo una modalidad híbrida, siguiendo las directrices dictadas por el Poder Ejecutivo para el sector público, como la Directriz N.° 055-MIDEPLAN-MTSS-MOPT emitida en febrero de 2026.

“Es erróneo afirmar que las personas funcionarias no utilicen las instalaciones, que el edificio permanece vacío o que solo es utilizado por un 20 por ciento de su personal”, puntualizó el comunicado oficial.

Además, la institución destacó que el costo del alquiler no es asumido en su totalidad por la Sala Constitucional. El inmueble también alberga a la Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial (JUNAFO), entidad que ocupa un espacio y asume el 14 % del costo total del arrendamiento, dejando al Poder Judicial con el 86 % restante.

La Sala Constitucional reafirmó su compromiso con la transparencia y el uso responsable de los recursos públicos, instando a verificar la información oficial antes de su difusión.

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