Multas por colocar anuncios en vía pública y lanzar basura aumentarían 40240%

publicidad en postes papeles
Colocar papeles de cualquier tipo en la vía pública, postes y cercas, es penado hoy con una multa de tan solo 100 colones.

San José, 19 set (elmundo.cr) – La multa por colocar anuncios, avisos o programas de cualquier tipo en lugares públicos y lanzar basura u otro tipo desechos a parques, aumentarían hasta en 40.240% si se aprueba un proyecto de Ley presentado por el diputado oficialista, Marco Vinicio Redondo Quirós.

Según el artículo 33 de la Ley N.º 833, Ley de Construcciones y sus reformas, colocar dichos anuncios en lugares como postes, árboles, aceras, calles, parques, rocas, cerros, iglesias, escuelas, edificios públicos, monumentos nacionales,  kioscos, fuentes, casas, cercas, tableros ajenos, cerca de las placas de nomenclatura de las calles y otros, se castiga con una multa que va desde los 10 hasta los 100 colones.

Para Redondo Quirós, cuando las leyes han quedado desactualizadas, se deben analizar las medidas por implementar de manera que en la legislación se promuevan los cambios necesarios que fomenten alcanzar los fines por los cuales fueron creadas.

Costa_Rica_vs._Holanda,_05_de_julio_-_Mundial_de_Brasil_2014_05
La multa por acciones como esta, aumentarían en un 40.240%.

“En el caso de la Ley se ha identificado que la utilización de los montos para la definición de multas y el establecimiento de requisitos concretos están desactualizados; por ello, es urgente una actualización que salvaguarde los bienes y la vida de los costarricenses”, dijo el diputado en la argumentación de su proyecto de Ley, tramitado bajo el expediente 19.699.

Actualmente según la Ley, quien desee colocar o fijar un anuncio, rótulo, letrero o aviso debe pedir una licencia a la Municipalidad respectiva y en caso de que dicho anuncio emplee armazonas o estructuras, la Municipalidad debe exigir a un perito responsable que se encargue de la construcción, además de presentar un croquis que muestre las inscripciones o figuras que van a poner.

Quien violente dichas regulaciones, es penado según el Artículo 33 con una multa -risible- de 10 a 100 colones, por lo que el diputado propone que esta pase a ser una multa que vaya desde los 20.170 a 40.340 colones, es decir un aumento de 40.240%

Asimismo, el artículo 41 establece multas para quien destruya prados, arbustos o árboles plantados en parques, destruya las obras de ornato que se encuentran en dicho lugar y maltrate o moleste animales domésticos que allí vivan.

Dicha multa va desde los 2 a los 100 colones. En este caso el diputado propone que llegue al mismo monto que lo estipulado en el artículo 33 de aprobarse la reforma, es decir de 20.170 a 40.340 colones.

Misma multa se aplicaría para las personas que arrojen basuras o desperdicios en los parques y coloquen puestos de cualquier clase sin la debida autorización.

¿QUÉ LE PARECE LA PROPUESTA DEL DIPUTADO? 

Últimas noticias

Te puede interesar...

Últimas noticias

Edicto