San José, 08 oct (elmundo.cr) – La seguridad de quienes trabajan en el mar también comienza con una valoración médica capaz de determinar si una persona reúne las condiciones de salud y aptitud psicofísica necesarias para desempeñar sus funciones a bordo. En Costa Rica, este proceso da un nuevo paso con la oficialización de los primeros 11 médicos capacitados y autorizados para realizar los Certificados de Reconocimiento Médico STCW, por sus siglas en inglés.
Los profesionales, provenientes de diferentes zonas del país, culminaron un proceso de capacitación y acreditación que permitió establecer las competencias necesarias para realizar la valoración médica de quienes desempeñan funciones a bordo y determinar su aptitud psicofísica de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, conocido como Convenio STCW.
La oficialización de estos primeros médicos es resultado de un proceso de trabajo articulado entre la Fiscalía del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica y la Dirección de Navegación y Seguridad Acuática del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, con la participación de la Dirección Científico Docente del Colegio de Médicos y Cirujanos en el desarrollo de la capacitación teórico-práctica.
El proceso permitió avanzar en la elaboración y aplicación de las normativas correspondientes, así como en la formación de los profesionales que tendrán a su cargo este acto médico.
“Contar con médicos debidamente capacitados y autorizados para realizar estas valoraciones representa un paso importante para el cumplimiento de los compromisos que Costa Rica adquirió al adherirse al Convenio STCW. No se trata únicamente de emitir un certificado, sino de realizar una valoración médica especializada que permita determinar si una persona cuenta con las condiciones de salud y aptitud psicofísica necesarias para desempeñar funciones a bordo”, explicó el Dr. Álvaro Salas Mejías, fiscal del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.
El Médico Examinador STCW es un profesional en Medicina y Cirugía debidamente incorporado, capacitado y activo ante el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, además de estar autorizado y registrado ante el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
Dentro de sus responsabilidades se encuentra realizar de manera presencial e indelegable el acto médico de la gente de mar, registrar los hallazgos correspondientes en el formulario del Certificado de Reconocimiento Médico STCW, determinar la aptitud psicofísica del solicitante conforme a los lineamientos técnicos establecidos y emitir el certificado bajo su responsabilidad médico-legal y fe pública.
La disponibilidad de estos profesionales permite fortalecer el proceso mediante el cual se verifica que las personas que desempeñan labores marítimas cumplan con las condiciones médicas requeridas para sus funciones.
“Esta certificación también establece con mayor claridad las responsabilidades de quienes participan en el proceso. El médico examinador debe contar con la formación y autorización necesarias para emitir un criterio médico que tiene implicaciones tanto para la persona evaluada como para la seguridad de las operaciones marítimas”, señaló Salas Mejías.
El Certificado de Reconocimiento Médico STCW se encuentra vinculado con los estándares internacionales establecidos para garantizar que la gente de mar que presta servicio en buques de navegación marítima tenga las condiciones de salud y aptitud psicofísica necesarias para desempeñar sus funciones según el puesto que desempeña.
De acuerdo con el alcance establecido por la División Marítimo Portuaria del MOPT, mediante oficio DVMP-DNS-2024-705 del 30 de septiembre de 2024, el certificado aplica a la gente de mar que presta servicio en buques de navegación marítima con derecho a enarbolar el pabellón de una Parte salvo excepciones como los buques de guerra y determinadas unidades o buques destinados exclusivamente a servicios gubernamentales de carácter no comercial, los buques pesqueros, los yates de recreo no dedicados al comercio y los buques de madera de construcción primitiva.
El sustento jurídico de este proceso se encuentra en el Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar de 1978, enmendado, instrumento internacional que establece estándares relacionados con la formación, certificación y aptitud del personal marítimo, incluidos los requisitos de aptitud médica.
Costa Rica aprobó su adhesión a este Convenio mediante la Ley N.° 9418 del 9 de febrero de 2017. Esta normativa designó a la Dirección de Navegación y Seguridad Acuática del Ministerio de Obras Públicas y Transportes como Administración Marítima y órgano competente de la Administración Pública para la implementación, aplicación y control del instrumento internacional.
En este proceso, la Dirección de Navegación y Seguridad Acuática del MOPT tiene a su cargo las competencias relacionadas con la regulación y control del transporte marítimo internacional y nacional en materia de cabotaje y vías de navegación interior, mientras que el Colegio de Médicos y Cirujanos participa en la fiscalización del ejercicio profesional y de las normas que regulan el acto médico relacionado con la confección de los Certificados de Reconocimiento Médico STCW mediante SEDIMEC.
Con la incorporación de los primeros médicos autorizados para emitir Certificados de Reconocimiento Médico STCW, se amplía el ámbito de certificaciones médicas que pueden realizar profesionales debidamente autorizados en el país, que incluye también los certificados de salud, certificados requeridos para la licencia de conducir, además de los de defunción, certificaciones médicas aeronáuticas y certificados relacionados con la portación de armas.