EDITORIAL
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia tiene una nueva sentencia digna de ser incluida en la lista de adefesios y vergüenzas que deberían hacernos levantar la voz sin importar el color político.
En tiempo récord, con una argumentación escueta y plagada de frases adultocentristas, los magistrados de la Sala IV le han dado una bofetada a la juventud, en perjuicio de la democracia; una bofetada a la renovación de bases en los partidos políticos y una bofetada a todos aquellos jóvenes con aspiraciones políticas.
Los magistrados con la sentencia en la que rechazan la acción de inconstitucionalidad contra el artículo del Código Electoral que establece que resultará electo, en caso de empate, el candidato de mayor edad, han asestado un nuevo golpe a los derechos fundamentales de las personas jóvenes.
Resulta grave que quienes tienen en sus manos velar porque se respete la Constitución, declaren que la juventud no requiere de acciones afirmativas, que no tienen la capacidad ni la sapiencia de alguien mayor a ellos y que por tanto, deben hacerse a un lado en la participación política.
Al analizar el fallo de la Sala Constitucional, resulta alarmante que esto de pie a interpretaciones peligrosas. Candidatos que obtengan igual número de votos en unas elecciones, deberían enfrentarse en una segunda ronda y no quedar electos por el simple hecho de ser un día, semana, mes o año mayor que su contrincante.
¿A quiénes han nombrado los diputados en la Sala Constitucional? Parece que este órgano ha sido secuestrado por personas que si bien tienen todos los títulos del mundo, están completamente desligados de la actualidad y siguen decidiendo con base a la era en la que se graduaron.
Resulta inaceptable que se comparen las capacidades que tienen distintas generaciones. Para nadie es un secreto que los millennials han tenido la dicha de tener la tecnología al alcance de la mano, lo que les ha permitido desarrollar mejor sus habilidades conforme va cambiando la forma en la que convivimos y que estos factores son determinantes hoy para dar una mejor calidad de vida.
No puede un representante popular resultar electo solo porque tiene mayor edad. Debe tomarse en cuenta sus capacidades, debilidades, fortalezas y su manejo de las nuevas tecnologías para que estas sean usadas en beneficio de sus electores.
Es lamentable que los magistrados en lugar de aprovechar la oportunidad que se les presentó para poder derogar un artículo que a todas luces discrimina a la población joven que históricamente ha estado separada de la participación política, hayan adoptado por unanimidad rechazar la acción de inconstitucionalidad con argumentos tan repudiables como los vertidos.
