El criterio suministrado por el Ministro de la Presidencia y los Viceministros de la Presidencia y Hacienda, a la Comisión de Asuntos Sociales el pasado miércoles, merecen un análisis crítico y pormenorizado, el cual divido en dos partes, tal y como ellos mismos lo presentaron.
En primer lugar, se refirieron a los contenidos jurídicos de la reforma planteada en el Expediente 19.506, y posteriormente a sus aspectos financieros.
Sobre los aspectos jurídicos, no quedó la menor duda de su gran importancia, que marca un antes y un después en el manejo de los recursos del Estado y en su capacidad para poner orden en el caos presupuestario que a lo largo de más de sesenta años se ha ido construyendo, ello porque el Proyecto de Reordenamiento de Pluses Salariales, mal llamado de Empleo Público parte de dos premisas que son fundamentales:
En primer lugar, porque rescata el espíritu del Constituyente de 1949 que concebía al Estado como patrono único, o sea como el ente capaz de dictar las directrices presupuestarias generales que debían acatar todos los órganos e instituciones del Estado. No obstante, a lo largo de las décadas, se han aprobado leyes, reglamentos, directrices, negociaciones colectivas, arreglos directos y otro tipo de instrumentos, concebidos y manejados al margen de la capacidad y sobre todo de la potestad del Estado costarricense como ente director y rector de la política pública.
En segundo lugar y aunado a ello, la autonomía de las instituciones autónomas, semiautónomas, municipalidades e incluso de las universidades estatales, se ha concebido como una condición absoluta que abarca incluso, los aspectos presupuestarios y financieros, cuando en realidad dicha autonomía se refiere únicamente a la materia para la cual fueron creadas. Así por ejemplo, la CCSS, es totalmente autónoma en el campo de la salud y la seguridad social, el INS lo es en materia de seguros, las Universidades en lo que compete a los aspectos académicos, y así en cada uno de los campos de acción. Lo anterior como podrá comprenderse, ha dado pie a decisiones de Juntas Directivas que se alejaron de las directrices generales o bien, aprovecharon la debilidad de Gobiernos que nunca aplicaron su potestad regulatoria.
Sobre estos dos aspectos, el Informe de la Presidencia, que viene avalado también por los Ministros de Planificación, Trabajo y Hacienda, coincide con la tesis del 19.506, apoyando la reforma y avalando al Estado como patrón único y a las autonomías como relativas a sus funciones respectivas. Siendo así, concuerdan con el ámbito de aplicación de la reforma que abarca a los tres Poderes de la República, a las Autónomas, Semiautonomas, Municipalidades y Universidades Públicas.
En relación con los aspectos financieros, la comparecencia alimentó la idea errónea de que es ínfimo el ahorro obtenido, sobre lo cual tenemos serias objeciones.
Comienzo por señalar el grave error del señor Ministro de la Presidencia, cuando dice que el proyecto podría generar más gastos, pues daría pie para que se empiece a calificar a prácticamente todos los funcionarios como excelentes. Bien sabe don Sergio que el contenido en esta materia, trabajado en parte con la Ministra de Planificación, persigue precisamente acabar con la mala práctica de conceder anualidades a todos los funcionarios sin que medie una evaluación objetiva que justifique la calificación requerida para obtener el incentivo por anualidad, evitando lo que sucede hoy día cuando, según datos del propio Viceministro de Hacienda, la eficiencia de las instituciones estatales alcanza si acaso el 25%, en tanto que este plus, lo recibe cerca del 99% de los funcionarios.
En relación con el déficit fiscal; debo recordar que siempre señalamos que ese no era el objetivo primario del proyecto, porque el déficit es un desbalance del Gobierno Central y no es ahí, donde se concentran los pluses más onerosos. En segundo lugar, porque para resolver dicho problema, se requieren medidas impositivas y un mejor control de la evasión. No obstante, si al Gobierno preocupa que el proyecto no tenga un verdadero impacto sobre el déficit fiscal, lo que procedía era indicar los ajustes pertinentes para aumentar el ahorro de Gobierno Central, incluyendo otros pluses o bien indicando los otros sectores institucionales a regular.
Pero hay un asunto aún más extraño e incomprensible. Si es que el Gobierno está interesado verdaderamente en reducir el déficit fiscal. Me refiero al menosprecio que se hace del ahorro de ¢300.000 millones de colones que podría generar la reforma, si se regulan los pluses en las Autónomas, pues tanto la Contralora como el Viceministro de Hacienda coinciden en el mismo monto de ahorro en las actuales condiciones
Señalo lo anterior, pues bien sabe el Viceministro de Hacienda que las transferencias corrientes, excluyendo las de capital, representan un 30% del total del gasto del Gobierno Central. Un cálculo aproximado demuestra que actualmente se transfieren recursos equivalentes al 4,9% del PIB, a una gran cantidad de entidades públicas. Es decir, un ¢1,4 Billones de colones transferidos para gasto corriente, o sea para salarios y pluses. Si por medio del 19.506 hubiese un ahorro en pluses, este dinero bien podría utilizarse en infraestructura que permitiera hacer más eficiente la labor de estas instituciones o bien se podrían modificar las transferencias que hace el Poder Ejecutivo de manera que se impacte el déficit fiscal.
Si bien es cierto, que en muchos casos la autorización para modificar el destino de estas transferencias es materia de ley, ello no es pretexto para que el Gobierno se cruce de brazos y no intente al menos plantear las modificaciones legales, incluso como parte del mismo Expediente, en lugar de simplemente señalar que el ahorro de ¢300.000 millones es ajeno a la solución del déficit fiscal. Pero además, en el contexto de esta discusión, es obligación del Gobierno revisar todas aquellas transferencias que no tienen fundamento legal, y que permitirían un mayor margen de flexibilidad. La salida fácil sin embargo fue hacer caso omiso de las posibilidades existentes y buscar un pretexto inaceptable para eludir escenarios de solución.
Siendo así, y pudiendo hacer aportes que realmente contribuyeran al objetivo buscado, es que el análisis financiero del proyecto nos parece pobre, o bien, el resultado de los compromisos que adquirió el Gobierno con los Sindicatos.
Sea cual sea la razón, y teniendo en cuenta que prevalecen intactos los criterios jurídicos señalados al comienzo de este artículo, el Expediente 19. 506 continuará su ruta en Comisión con la esperanza de que los criterios que se esbocen, tanto positivos como negativos, enriquezcan una discusión que está abierta a todo tipo de mejoras, siempre y cuando sean producto de la transparencia y de la buena fe con que muchos de nosotros esperamos contribuir a solucionar la crítica situación por la que atraviesa el país.