Turrialba avanza con propuesta de plan regulador

» Por Luis Fernando Allen Forbes - Director ejecutivo Asociación Salvemos El Río Pacuare

El cantón de Turrialba ha crecido de manera desordenada y poco densa, es decir, no se ha aprovechado el terreno al máximo. Razón por la cual el Plan Regulador es el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento, gráfico o suplemento, la política de desarrollo y los planes para distribución de la población, usos de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, y facilidades comunales.

En principio es un instrumento de planificación que orienta y regula el desarrollo urbano de la comuna, estableciendo dónde y cómo podemos construir, mediante un conjunto de normas urbanísticas que deben cumplir todos los propietarios de un terreno, tanto público como privado, procurando así una ciudad sustentable e integrada.

El proceso inicia con la elaboración del presupuesto y la formación de una comisión en el gobierno local. Luego se realiza un diagnóstico territorial con la participación de la comunidad, a través de talleres de participación ciudadana.

Es claro que esta propuesta define los usos del suelo y las áreas de crecimiento. Después, se lleva a cabo una audiencia pública y se envía el plan al INVU para su revisión. Finalmente, el concejo municipal adopta el plan y se publica en el Diario Oficial La Gaceta, convirtiéndolo en ley.

En Costa Rica, la planificación regional y nacional está a cargo del Mideplan y el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), pero la planificación local corresponde a las municipalidades. Adicionalmente, el proceso puede tardar aproximadamente un año y medio, pero puede extenderse dependiendo de la revisión por parte de diferentes entidades como Setena o el INVU.

El plan regulador trabaja con usos residenciales, comerciales, industriales, agrícolas o mixtos, basándose en las características de cada cantón y haciendo proyecciones de hasta 10 y 20 años para planificar el crecimiento futuro del territorio.

Es importante resaltar que la infraestructura existente mantiene su uso. Si una zona es residencial, seguirá siendo residencial; si es comercial, seguirá siendo comercial. Los cambios se aplican a las nuevas construcciones y desarrollos futuros.

En todo caso el plan regulador, contiene las disposiciones sobre el uso de suelo o zonificación; localización del equipamiento comunitario; jerarquización de la estructura vial; fijación de límites urbanos; densidades y determinación de prioridades en la urbanización de terrenos para la expansión de la ciudad, en función de la factibilidad de ampliar o dotar de redes sanitarias y energéticas; y demás aspectos urbanísticos.

Finalmente, la Ley de Planificación Urbana de 1968 establece que todos los gobiernos locales deben tener un plan regulador como instrumento de ordenamiento territorial, en la actualidad menos del 50% de los municipios cuentan con un plan regulador vigente, muchos de los cuales fueron elaborados antes del año 2000.

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