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La indignación no sustituye al análisis

Las plataformas digitales y los avances tecnológicos nos permiten acceder hoy a una cantidad de información sin precedentes. Sin embargo, disponer de más información no equivale necesariamente a tener certeza ni a comprender mejor la realidad. Es indudablemente positivo que existan más espacios para comentar, opinar y argumentar, pero estas tres actividades no son equivalentes.

Con frecuencia se diluye la distinción entre opinar y argumentar. Las opiniones pueden y deben tener espacios para expresarse, pero el hecho de que una opinión sea escuchada no la convierte, por sí mismo, en válida. La apertura de los espacios digitales ha permitido que personas con conocimientos y aportes relevantes, que antes dependían de una editorial o de una línea argumentativa institucional para hacerse escuchar, puedan expresarse con mayor autonomía. Sin embargo, esa misma apertura también facilita la difusión de opiniones que no siempre están respaldadas por un conocimiento suficiente del tema o que parten de una identificación previa con determinada ideología o sector político.

El problema no reside en que las personas tengan opiniones diferentes, sino en que el sensacionalismo termina desplazando el análisis. Lo importante no debería ser únicamente que una afirmación suene convincente o despierte emociones, sino que sea congruente con el asunto que pretende explicar y que sus conclusiones estén respaldadas por razones suficientes. La libertad de opinar es compatible con la exigencia de examinar críticamente lo que se afirma, especialmente cuando de esas afirmaciones se derivan acusaciones o juicios sobre la responsabilidad de otras personas.

En la inmediatez de las noticias costarricenses, muchos acontecimientos parecen convertirse en oportunidades para apoyar al Gobierno o atacarlo. La discusión deja entonces de centrarse en los hechos, sus causas y sus implicaciones para convertirse en una disputa entre posiciones previamente asumidas. Lo que resulta particularmente llamativo es que, en una sociedad democrática e institucionalizada, con frecuencia se cuestionan las decisiones jurídicas sin distinguir entre la valoración política de un acontecimiento, el juicio moral sobre una conducta y la determinación jurídica de una responsabilidad.

Esta confusión resulta especialmente relevante cuando discutimos el narcotráfico, el lavado de activos y la posible infiltración del dinero ilícito en la política y la sociedad costarricense. La gravedad de estos fenómenos exige investigación, transparencia y rendición de cuentas, pero también requiere que distingamos entre sospechas, indicios y hechos acreditados.

Dos acontecimientos recientes permiten observar esta tensión. Por un lado, la fotografía de Juan Carlos Tam Cheong, también conocido como Guobin Tam Zhang, junto a Pilar Cisneros durante la celebración electoral de Pueblo Soberano, el 1.º de febrero de 2026, generó cuestionamientos sobre su presencia en un espacio reservado para invitados y sobre quién había gestionado su ingreso. Tras la difusión de la imagen, el partido anunció una investigación interna para esclarecer cómo había llegado el empresario a la actividad. La agrupación, además, negó que él hubiera realizado aportes económicos a su campaña. Por otro lado, en el caso Éxodo, que investiga presuntas operaciones de legitimación de capitales relacionadas con inversiones en espectáculos, trascendió que la presidenta Laura Fernández había asistido como invitada a un concierto producido por Hugo Barboza, uno de los empresarios detenidos en el marco de la investigación. La mandataria indicó que la invitación le había llegado por medio del vicepresidente Francisco Gamboa y negó conocer las presuntas actividades ilícitas del productor.

Estos episodios son distintos y deben examinarse en sus respectivas circunstancias. No obstante, ambos han generado una conversación pública en la que las fotografías, los encuentros y las invitaciones ocupan un lugar destacado. Una fotografía junto a una persona investigada por presuntos delitos relacionados con el narcotráfico o el lavado de activos puede suscitar preguntas legítimas, pero no constituye, por sí misma, una demostración de complicidad delictiva. Del mismo modo, cuestionar una actuación judicial no equivale necesariamente a comprender sus fundamentos, sus límites o las garantías que deben observarse durante el procedimiento.

No se trata de desestimar las relaciones personales ni de afirmar que carecen de relevancia. En determinadas circunstancias, pueden justificar preguntas sobre conflictos de intereses, transparencia o posibles vínculos con actividades ilícitas. La presencia de una persona en un espacio reservado, por ejemplo, puede plantear interrogantes diferentes de los que suscita un encuentro casual en un lugar público. Asimismo, una invitación puede merecer explicaciones si existen circunstancias adicionales que hagan pertinente examinarla. El problema aparece cuando la sospecha se transforma automáticamente en una conclusión, sin examinar las circunstancias ni las pruebas que permitirían sostenerla. Confundir una relación personal con una participación criminal supone un salto entre lo que observamos y lo que concluimos.

Pero existe otro riesgo: que la exposición de estos encuentros termine desplazando el problema que les da relevancia pública. La pregunta por quién aparece en una fotografía puede ser más inmediata y atractiva que el examen de los mecanismos mediante los cuales el dinero ilícito podría penetrar en actividades económicas, financiar intereses particulares o encontrar espacios de influencia política. La primera genera una reacción rápida; el segundo exige investigar, contrastar información y comprender estructuras que no siempre son visibles.

Por eso, antes de tomar partido en la disputa pública, conviene plantear una pregunta más fundamental: ¿qué queremos resolver? No pretendo defender una posición determinada en esa disputa, sino interrogar la manera en que hemos definido el problema, los fines que perseguimos al discutirlo y la capacidad de nuestras respuestas para resolverlo. ¿Queremos conocer la verdad? ¿Exigir responsabilidades? ¿Evitar que el dinero ilícito capture las instituciones públicas? ¿Proteger la integridad de la función pública? ¿O corremos el riesgo de conformarnos con encontrar a alguien a quien atribuirle la culpa y experimentar la satisfacción de haberlo condenado?

Estas motivaciones no son necesariamente excluyentes. Una persona puede indignarse legítimamente ante la corrupción y, al mismo tiempo, formular conclusiones apresuradas. El problema aparece cuando la indignación deja de impulsar la investigación y empieza a sustituirla.

Reconocer la gravedad de estos fenómenos también implica examinar las deficiencias de nuestras instituciones. Podemos cuestionar las fallas en materia de seguridad pública, señalar debilidades en los mecanismos de supervisión financiera o discutir la forma en que se desarrollan determinados procedimientos judiciales. Ninguna institución debe quedar exenta del escrutinio público. Sin embargo, la crítica pierde buena parte de su sentido cuando no contribuye a comprender las causas del problema ni a formular propuestas de mejora. Si el debate no permite corregir errores, fortalecer controles o transformar las condiciones que hacen posible la corrupción, corremos el riesgo de convertirlo en una disputa estéril, cuya principal consecuencia sea reproducir la indignación que le dio origen.

Para orientar esta discusión, considero útil distinguir tres planos que, aunque relacionados, no deben confundirse.

El problema que reconocemos. ¿Qué está ocurriendo realmente? ¿Existen redes de financiamiento ilícito, mecanismos de blanqueo de capitales, conflictos de intereses, fallas de supervisión o vínculos entre actores criminales y funcionarios públicos? Esta primera dimensión exige identificar los hechos, distinguir la información verificada de las sospechas y comprender los mecanismos mediante los cuales operan estos fenómenos.

El problema que creemos tener. ¿Estamos identificando las causas y los mecanismos del fenómeno o reducimos una estructura compleja a determinadas personas, fotografías y escándalos? No es lo mismo investigar cómo el dinero ilícito puede infiltrarse en las instituciones que interpretar cada relación personal como prueba de complicidad. Podemos reconocer un problema real y, sin embargo, comprenderlo de manera equivocada si sustituimos el análisis de sus mecanismos por la exposición pública de determinados individuos.

El problema que queremos resolver. ¿Buscamos sancionar las conductas delictivas que se logren acreditar, impedir la infiltración criminal, recuperar activos, fortalecer los controles y proteger las instituciones? ¿O terminamos conformándonos con una victoria simbólica en la disputa política? La exposición pública de una sospecha puede provocar una reacción inmediata, pero no necesariamente desmantela una estructura criminal, corrige una deficiencia institucional ni impide que el problema vuelva a presentarse.

Estos tres planos permiten advertir que la gravedad de un fenómeno no garantiza que lo estemos comprendiendo adecuadamente. Podemos reconocer un problema real y, sin embargo, interpretarlo de manera equivocada o proponer respuestas que no atiendan sus causas. De ahí que la calidad del diagnóstico sea tan importante como la firmeza con la que exigimos responsabilidades.

Esta preocupación también tiene una dimensión antropológica. Desde mi perspectiva cristiana, la persona humana no se reduce a una categoría jurídica, una identidad política o un conjunto de conductas observables. Pero reconocer su dignidad tampoco significa negar su responsabilidad moral ni suspender el examen de sus actos.

No podemos identificar automáticamente a una persona con el peor juicio que podamos formular sobre ella, pero tampoco debemos utilizar la dignidad humana como argumento para eximirla de responder por sus acciones. La justicia exige mantener ambas dimensiones: reconocer la dignidad de la persona y establecer las responsabilidades que correspondan a partir de hechos y pruebas suficientes.

De esta perspectiva se desprenden tres convicciones. La corrupción es moralmente grave y debe investigarse; la atribución de responsabilidades exige razones y pruebas suficientes para sostener las conclusiones que se pretenden establecer; y la finalidad de la justicia no puede reducirse a satisfacer la indignación colectiva, sino que debe orientarse también a determinar responsabilidades conforme al derecho y a proteger a la sociedad.

En este punto, resulta paradójico que defendamos la democracia y, al mismo tiempo, mostremos impaciencia ante algunas de sus implicaciones prácticas, como el debido proceso y el derecho de defensa. Estas garantías no son simples obstáculos que deben superarse para alcanzar una condena; constituyen límites al ejercicio del poder y condiciones para que la determinación de responsabilidades no dependa exclusivamente de la presión pública. Desde una perspectiva vinculada al derecho natural, también cabe preguntarse por su fundamento moral: juzgar a una persona sin una investigación suficiente o sin ofrecerle la posibilidad de defenderse compromete exigencias fundamentales de justicia.

Esto no significa que debamos aceptar sin cuestionamientos las decisiones judiciales ni que toda actuación institucional esté justificada por el solo hecho de cumplir un procedimiento. El Poder Judicial también debe rendir cuentas, y sus actuaciones pueden ser examinadas y criticadas. Pero esa crítica requiere distinguir entre un desacuerdo político, un cuestionamiento jurídico fundamentado y una acusación de irregularidad. Defender el debido proceso no equivale a defender la impunidad, del mismo modo que exigir eficacia institucional no autoriza a prescindir de las garantías jurídicas.

Mi crítica se dirige, por tanto, al sensacionalismo que atraviesa nuestra conversación pública y que puede terminar privándonos de una crítica verdaderamente rigurosa. Es necesario exigir transparencia, investigar los posibles vínculos entre el dinero ilícito y las estructuras de poder, cuestionar las actuaciones institucionales y abrir espacios para el debate. Pero cuando todo acontecimiento se convierte inmediatamente en un juicio moral, corremos el riesgo de perder de vista aquello que realmente importa: comprender qué está ocurriendo, identificar sus causas, establecer las responsabilidades que correspondan y determinar qué debemos hacer para resolver el problema.

La pregunta, entonces, no es si debemos indignarnos ante el narcotráfico y la corrupción. Es si esa indignación nos conduce a conocer mejor la realidad, a identificar responsabilidades y a transformar las condiciones que permiten la reproducción de estos fenómenos. Una sociedad no demuestra su compromiso con la justicia únicamente por la intensidad con la que condena el mal, sino también por su capacidad para comprenderlo, investigarlo y actuar sobre sus causas.

La indignación puede ser el comienzo de una búsqueda de justicia, pero no debe convertirse en su sustituto.

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