Pueblo Soberano asegura que realizó todos los esfuerzos posibles para cumplir con la paridad de género

San José, 16 nov (elmundo.cr) – El Partido Pueblo Soberano asegura que “es el primero en cumplir todas las exigencias reglamentarias establecidas por el Tribunal Supremo de Elecciones, en cuanto a la paridad horizontal de los nominas en la papeletas a candidaturas municipales”.

Cabe recordar que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó las candidaturas a las alcaldías de Pueblo Soberano para las elecciones municipales 2024, ante falta de paridad de género.

La presidenta del Comité Ejecutivo Superior, Mayuli Ortega, explicó que “nuestros estatutos son absolutamente claros en la obligación de la participación de las mujeres en la política nacional. Por ello hemos establecimos ordenanzas, a fin de que, en todos los puestos dentro de la organización del partido y en las distintas papeletas de elección popular, siempre existiera representación de la mujer”.

“Realizamos todos los esfuerzos necesarios a fin de lograr presentar papeletas a candidaturas municipales, en todos los cantones del país, sin embargo, únicamente pudimos presentar en 45 cantones”, agregó.

Según Ortega “la participación en tan poca cantidad de cantones se debió a que nuestro proceso de inscripción, como Partido Político, se tardó 30 semanas: tiempo durante el cual tuvimos que contestar 2 recursos de amparo; atender 4 prevenciones; presentar un recurso de revocaría, y un recurso de apelación y realizar 4 asambleas nacionales”.

“La notificación de la inscripción se realizó hasta el 1° de Agosto y fue hasta el 20 de agosto que pudimos realizar la Asamblea Nacional para establecer los encabezamientos, requisito fundamental que debía estar aprobado antes de convocar a los procesos de elección internos. Nótese que entre el 20 de agosto y el 04 de octubre (fecha de cierre de procesos ante el TSE) únicamente hubo 6 semanas. Hicimos en menos de seis semanas lo que otros partidos hacen en seis meses”, indicó.

Ortega recalcó que “el Departamento de Registro de Partidos Políticos nos autorizó realizar las 84 asambleas cantonales en las siguientes fechas: 9, 10 y 16, 17 y 18 de setiembre. La Dirección General de Registro y Financiamiento de Partidos Políticos nos notificó la resolución aprobatoria de los encabezamientos hasta el 22 de setiembre. Días después de haber nosotros realizado las asambleas cantonales”.

“Posteriormente a las Asambleas Cantonales, realizamos todos los esfuerzos posibles para lograr tener papeletas participando en todos los cantones e intendencias. Visitamos todo el país y buscamos siempre la participación de las mujeres. Para todos es sabido que la participación en política electoral no es sencilla para las personas, no todas están dispuestas en “meterse en política”. De manera que se hacía más difícil lograr colocar mujeres. No obstante, al momento de realizar la Asamblea Nacional para ratificar las papeletas, pudimos también sumar más papeletas, ya que pasamos de tener 33 a 45 cantones y asimismo logramos una mayor participación de papeletas encabezadas por mujeres”, comentó.

La presidenta de Pueblo Soberano fue enfática en que “por tener pocos cantones participando, realizamos el esfuerzo adicional de eliminar barreras de participación, por ejemplo, establecimos un transitorio para reducir el tiempo de militancia mínimo de seis meses a tan solo UN mes de militancia. Además, se hicieron ajustes para reducir la cuota de inscripción de papeletas, llegando a establecer pago mediante cuotas e incluso en algunos casos no se cobró la inscripción. Esto para motivar a que más personas interesadas en presentar sus candidaturas lo hicieran sin ningún problema”.

“La Asamblea Nacional se llevó a cabo el 24 de setiembre (una semana antes de que se cerrara el proceso ante el TSE). En la misma se realizaron ajustes, correcciones, nuevas incorporaciones y la ratificación de todas las papeletas presentadas. En esa asamblea incluso se incorporaron las candidaturas femeninas de cantón de Carrillo, provincia de Guanacaste y del cantón de San Ramón, provincia de Alajuela”, sostuvo.

“Valoración desde nuestra perspectiva:

• El TSE no tiene un lineamiento o procedimiento determinado en el actuar para demostrar que se realizaron todos los esfuerzos.
• Los derechos de mujeres y hombres deben respetarse en la libre participación política, según el principio constitucional de igualdad (artículo 95).
• La libre voluntad del ciudadano, según el artículo 98 de la Constitución, establece que cada ciudadano elige cómo se agrupa y en qué participa.
• No se puede obligar a un partido político, a las Asambleas Cantonales y a los ciudadanos que no deseen participar, considerando la realidad de la poca disponibilidad de tiempo del partido Pueblo Soberano.
• La jurisprudencia debe establecer qué acciones debe realizar el partido para demostrar bajo el principio de legalidad el interés de participar de las mujeres, y el TSE debe indicar estos parámetros para actuar bajo la legalidad.
• Es importante tener en cuenta la voluntad de las mujeres y la Ley 10235 para evitar la violencia contra la mujer; hostigarlas para que participen sería una violación a esta ley.
• No se puede obligar a nadie a participar ni retener a nadie en un partido en contra de su voluntad. También es esencial mencionar que la decisión de algunas mujeres de no participar no debe prohibir la participación política de hombres ni discriminarlos”.

“Estamos muy claros que no existieron ni procedimientos, ni lineamientos, ni jurisprudencia para la evaluación de los diferentes problemas que se han suscitado en este primer intento de paridad de género. Esta oportunidad no puede ser más que un ensayo que no elimine la libre democracia que gozamos como ciudadanos en Costa Rica”, concluyó.

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