Alajuela, 24 jul (elmundo.cr) – La actual alcaldesa de Orotina, Margot Montero Jiménez, y el vicealcalde, Randall Marín Orozco, ambos del Partido Liberación Nacional, han iniciado una demanda contra la municipalidad exigiendo un millonario pago por diferencias salariales y vacaciones adeudadas.
El Juzgado Contravencional de Orotina (Laboral) dictó el pasado 20 de mayo de 2024 una sentencia que obliga a la municipalidad a desembolsar ₡8.008.966,22 a favor de los demandantes.
Según el fallo, Montero Jiménez deberá recibir ₡5.808.918,25 y Marín Orozco ₡1.038.599,58, sumas que corresponden a vacaciones no pagadas desde mayo de 2020.
La sentencia también reconoce pagos retroactivos, lo que eleva aún más el monto que deberá pagar la Municipalidad de Orotina en un plazo de 10 días.
Esta demanda ha puesto a la administración municipal en una situación comprometedora.
En el oficio MO-A-AJ-248-2024 del 22 de mayo de 2024, de la Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Orotina, lo que se indica es que
“en el caso los actores solicitaron se condene a la Municipalidad el pago de diferencias por vacaciones no otorgadas por la Municipalidad cuando ejercieron sus cargos de Vicealcalde Primero (2016-2020) y Alcaldesa (2011-2020), considerando que esas diferencias ya fueron reconocidas por la administración municipal, pero que la modificación presupuestaria para darles sustento financiero no fue aprobada por el Concejo Municipal”.
“Es decir, además de la respuesta positiva de la administración, era necesario el contenido presupuestario para cumplir con el pago requerido, sin embargo, el Concejo Municipal no aprobó la modificación dispuesta para ese fin, optando los señores Marín Orozco y Montero Jiménez por la vía judicial”, agrega el oficio.
Además recalca que “de haberse aprobado en su oportunidad la modificación presupuestaria por parte del Concejo Municipal y, por ende, efectuado el pago a los señores Montero y Marín en sede administrativa, la municipalidad se habría evitado el pago de intereses, indexación y costas según la condenatoria; sea, no habría pagado la suma que por intereses y costas se fijó, por ahora, en 3.241.448,38. No se deja de lado señalar que de la lectura de la sentencia es nuestro criterio que no asisten argumentos para su impugnación”.