En medio del proceso abierto por el Comité de Licencias de la Federación Costarricense de Fútbol (FCRF) contra la Asociación Deportiva Guanacasteca (ADG), una pregunta surge con fuerza: ¿qué tipo de sanciones pueden emitirse? ¿Está en riesgo su participación en la Primera División?
La inquietud creció este lunes luego de que la propia ADG confirmara, mediante un comunicado oficial, que ya fueron notificados por Licencias y que su equipo jurídico presentará los descargos correspondientes “en tiempo y forma”.
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Solo se sanciona a la persona jurídica
Para entender el alcance de las posibles sanciones, hay que ir directamente al reglamento. El artículo 15 del Reglamento de Licencias establece que la licencia solo puede ser solicitada por una persona jurídica: ya sea como asociación deportiva o sociedad anónima deportiva. Es decir, el proceso no puede dirigirse contra personas físicas, como dirigentes o colaboradores, sino contra la figura jurídica que representa al club dentro de la competición.
En otras palabras, la ADG, como cédula jurídica habilitada para competir en la Primera División, es la única que podría recibir una sanción por parte del Comité de Licencias, en caso de confirmarse irregularidades administrativas. Sancionar a directivos, por ahora, no procede en esta vía.
¿Qué dice el reglamento sobre sanciones?
El artículo 13, denominado “Tipicidad de Sanciones”, es claro:
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El Comité puede aplicar las sanciones previstas en el Capítulo Quinto del reglamento, en caso de que se incumplan los criterios establecidos.
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Estas sanciones se comunican al Comité Ejecutivo de la FCRF y a los comités directores de las ligas asociadas.
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Si Licencias considera que no tiene competencia para un tema específico, puede remitir el caso a otro órgano jurisdiccional de la FCRF, como el Comité de Ética o el Tribunal Disciplinario.
¿Qué motivó el proceso?
Como reveló ElMundo.CR, el caso surgió tras conocerse una certificación firmada en 2024 por el presidente de la ADG, Jorge Arias, donde se pactaba una estructura de administración con empresarios mexicanos. Este acuerdo, no reportado a Licencias, es lo que dio origen a la investigación por una posible omisión de información que es obligatoria según el artículo 18 del mismo reglamento.
¿Está en riesgo el puesto de ADG en la Primera?
Sí, si se confirma un incumplimiento grave, la sanción más severa que podría aplicarse es la revocatoria de la licencia para participar en el torneo de Primera División, tal y como establece el marco normativo.
No obstante, desde ADG insisten en su inocencia y afirman que confían plenamente en que el proceso se resolverá a su favor.
En resumen:
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Las sanciones se aplican solo a la persona jurídica, no a personas físicas.
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ADG deberá responder al Comité con sus descargos.
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La revocatoria de la licencia es una posibilidad real en este caso.
Por ahora, el balón está en la cancha del Comité de Licencias.