Sala IV protege acceso al agua potable en Paraíso ante conflicto institucional

San José, 30 jun (elmundo.cr) – La Sala Constitucional resolvió proteger el acceso al agua potable de los habitantes del cantón de Paraíso, mediante la sentencia 2025-19652, en respuesta a un recurso de amparo presentado por vecinos.

El recurso se originó ante la posible suspensión del servicio por parte del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA).

Los vecinos argumentaron que la suspensión, anunciada por el AyA, sería ilegal y desproporcionada, ya que el conflicto se deriva de un cobro retroactivo millonario a la Municipalidad de Paraíso.

Este cobro está relacionado con tarifas establecidas en 2017 por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP). Los recurrentes aseguraron haber cumplido con el pago de sus recibos y que el conflicto es exclusivamente entre instituciones.

La Sala Constitucional determinó que los usuarios no deben ser perjudicados por el conflicto administrativo entre la Municipalidad y el AyA, especialmente dado que los usuarios han cumplido con sus obligaciones de pago. El Tribunal Constitucional enfatizó que el conflicto debe resolverse a través de las vías legales correspondientes, sin afectar el suministro de agua potable a los habitantes de Paraíso.

La Sala declaró parcialmente con lugar el recurso, ordenando que no se afecte el suministro de agua potable mientras se resuelve el conflicto legalmente. Los magistrados indicaron que la discusión sobre la validez, aplicación y alcances del informe de ARESEP, así como la existencia del adeudo, son asuntos de legalidad que no corresponden a la Sala Constitucional.

La sentencia completa del expediente está en proceso de redacción y será publicada en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, una vez finalizado el proceso y notificadas las partes.

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