Sala IV elimina circular del Ministerio de Salud que obligó a ocultar el etiquetado frontal de los alimentos

San José, 23 abr (elmundo.cr) – La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso de amparo 23-0020233-0007-CO interpuesto por un ciudadano, a favor suyo y de sus nietas, contra la disposición del Ministerio de Salud (circular No. MS-DRPIS-UR-1588-2023 del 22 de junio de 2023) que ordenó ocultar el etiquetado frontal de alimentos empacados.

Este tipo de etiquetado indica si los productos son altos en azúcares, grasas, sodio y otros nutrientes críticos, relacionados con enfermedades no transmisibles vinculadas a la alimentación, como hipertensión y diabetes.

Para la Sala IV la decisión del Ministerio de Salud contraviene el derecho a la salud y el derecho de las personas consumidoras a contar con información clara y de fácil comprensión al adquirir alimentos que pueden tener un impacto relevante en su salud.

Además, para los magistrados el etiquetado frontal que ingresa en los productos importados es información nutricional complementaria, que no contradice el Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA) en lo que respecta a facilitar al consumidor la comprensión de la información relacionada con el valor nutritivo del producto.

Para la Sala es inaceptable que, con el argumento de la falta de uniformidad en el etiquetado de productos y las dudas sobre la forma de implementarlo, se optara por ocultarlo.

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