Prohibición a proselitismo político en escuelas y colegios está en el Estatuto del Registro Civil desde 1953

San José,  08 jul (elmundo.cr) –  Las prohibiciones a que los educadores realicen o incentiven actividades de política electoral o proselitistas en centros educativos de primaria y secundaria está definida por el Estatuto del Registro Civil desde 1953.

Una directriz suscrita por el ministro de Educación, Leonardo Sánchez, junto a las viceministras María Alexandra Ulate (Académica) y Sofía Ramírez (Administrativa), que prohíbe de manera tajante el uso de recursos, tiempo y autoridad institucional para fines de proselitismo, esta basada en la normativa vigente.

Según el documento, durante la jornada laboral y en actividades oficiales, queda prohibido realizar propaganda  política, partidaria o ideológica dirigida a estudiantes, funcionarios o miembros de la comunidad educativa.

Asimismo, se veta el uso de clases, tareas, exámenes, proyectos, actos cívicos, murales o plataformas digitales para favorecer o desacreditar partidos políticos, candidaturas o figuras públicas.

El Articulo 58 del Estatuto del Registro Civil establece que:

Además de las restricciones que establecen las leyes para los demás servidores públicos, es prohibido a los educadores:

a) Ejercer, promover o propiciar actividades contrarias al orden público o al régimen democrático constitucional;

b) Realizar actividades de política electoral dentro del plantel o durante sus labores;

f) Promover o permitir ataques contra las creencias religiosas o políticas de sus discípulos o las familias de éstos.

Estas regulaciones ya establecidas fueron precisadas en la reciente directriz emanada por el MEP.

El recordatorio de las autoridades de Educación parece coincidir con las ya frecuentes visitas de dirigentes del partido de izquierda Frente Amplio a colegios en diferentes cantones del país, muchas de estas promovidas por educadores de secundaria que a la vez son activistas de dicha agrupación política.

Los padres de familia estarían facultados para denunciar a educadores que promuevan este tipo de actividades proselitistas dentro de centros educativos que favorezcan a cualquier partido político.

Hay que recordar que esta regulación no aplica a Universidades Públicas que por su naturaleza tienen como principio la libertad de cátedra de sus profesores.

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