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Procuraduría de la Ética confirma falta de rector de la UCR al nombrar a su hija en una plaza

» Henning Jensen se expone a una sanción que incluso podría dejarlo fuera del cargo, al incurrir en conflicto de interés.

San José, 31 ago (elmundo.cr) – La Procuraduría de la Ética Pública (PEP), confirmó que el Rector de la Universidad de Costa Rica (UCR), Henning Jensen Pennington incurrió en conflicto de intereses al nombrar en una plaza de psicóloga a su hija en el en el Centro Infantil Laboratorio.

Así consta en la resolución AEP-RES-121-2017 del pasado 23 de agosto y del cual, EL MUNDO tiene copia, en el que se resolvió una denuncia presentada contra Jensen, tras dicho nombramiento.

El caso se remonta al 2013, cuando Elena Jensen, hija del rector de la Universidad empezó a trabajar de forma interina y por medio tiempo en ese centro de estudios; posteriormente su jornada se amplió y en el 2015 la Rectoría autorizó el contenido presupuestario para que ella se mantuviera en esa plaza.

Debido a lo anterior, el Sindicato de Empleados de la UCR presentó una denuncia contra el Rector ante la Contraloría Universitaria, la cual mediante el informe OCU-R-A-111-2016 del 28 de julio del 2016 declaró que tal acción no debió haber sido hecha por Jensen, pues beneficiaba a una pariente y si bien estaba impedido para aprobar el presupuesto para la plaza de su hija, el informe no encontró indicios suficientes como para calificarlo de tráfico de influencias.

En junio del 2016, el Rector de la Universidad dijo en una conferencia de prensa que si bien podría haber incurrido en un error, no tenía alternativa.

“La estructura organizativa institucional no contempla esa posibilidad (la de inhibirse), ni contempla una figura alternativa que pueda sustituir al rector en esas funciones puntuales”, manifestó Jensen en dicha conferencia.

Sin embargo, de acuerdo con la Procuraduría de la Ética Pública, era aplicable lo establecido en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito, la cual establece el deber de probidad y el de abstenerse de conocer casos donde sean juez y parte, se pueda ver afectada su objetividad e imparcialidad o bien, existan conflictos de interés.

SANCIÓN

La Procuraduría de la Ética manifestó en su “por tanto” que el Consejo Universitario debería convocar, de manera extraordinaria, a una Asamblea Plebiscitaria, compuesta por los vicerrectores, el Tribunal Universitario, los Decanos y Directores de las unidades académicas, profesores nombrados en propiedad, profesores eméritos, jefes de oficinas administrativas, representación estudiantil y los exrectores de la Universidad.

El propósito de tal convocatoria tendría como fin el que allí se decida si se ordena o no la apertura de un proceso disciplinario en contra de Henning Jensen, por conflicto de intereses al aprobar el contenido presupuestario para la plaza de su hija.

Asimismo, la Procuraduría desestimó la denuncia de que Jensen incurrió en tráfico de influencias, pues tal acusación es investigada por la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción bajo el expediente 16-013340-042-PE y, también, desestimó la denuncia de que incurrió en abuso de poder al cesar a Ana Barquero Brenes.

Según la resolución y los estatutos de la Universidad de Costa Rica, Jensen se expone a una sanción que va desde llamadas de atención orales o suspensión sin goce de salario, hasta la destitución.

La Procuraduría de la Ética Pública es una oficina anticorrupción creada por Ley, con el fin de luchar contra la corrupción en la función pública y promover la ética y la transparencia en su ejercicio.

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