San José, 17 sep (elmundo.cr) – La Sala Constitucional declaró con lugar una gestión de desobediencia presentada por los ecologistas Fabián Pacheco Rodríguez y Ana María Montenegro Portuguez, tras determinar que las autoridades han incumplido las órdenes emitidas en 2023 para frenar la contaminación de fuentes de agua con metabolitos del fungicida clorotalonil en la zona norte de Cartago.
Mediante la resolución N.° 2025029760, dictada este 16 de septiembre, el Tribunal Constitucional concluyó que, a pesar de las diversas acciones administrativas, la problemática persiste y no se ha alcanzado una solución definitiva para el suministro de agua potable en comunidades como Cipreses y Santa Rosa de Oreamuno.
“Aún persiste la problemática objeto del recurso de amparo, sea la contaminación en las fuentes de agua que abastece a la comunidad, pese a la prohibición del uso del agroquímico”, señaló la Sala, advirtiendo que han transcurrido 18 meses adicionales al plazo original sin una resolución efectiva.
El fallo reitera a la ministra de Salud, al director del Área Rectora de Salud de Oreamuno, a la gerencia general del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y a la presidencia de la ASADA de Santa Rosa de Oreamuno, la obligación de ejecutar las recomendaciones del “Informe Técnico Clorotalonil”.
Además, la Sala ordenó garantizar el suministro de agua potable para consumo humano sin recurrir a las fuentes contaminadas, medida que deberá mantenerse hasta que el servicio pueda restablecerse con seguridad, previa autorización sanitaria.
Advertencia de sanciones
La resolución incluye un nuevo apercibimiento contra los funcionarios responsables. De acreditarse una nueva desobediencia, la Sala podrá ordenar la apertura de procedimientos administrativos y testimoniar piezas ante el Ministerio Público por el delito de desobediencia, el cual, según el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, contempla penas de prisión de tres meses a dos años o días multa.
Asimismo, el Tribunal condenó al Estado, al AyA y a la ASADA de Santa Rosa de Oreamuno al pago de costas, daños y perjuicios, los cuales deberán liquidarse en las vías correspondientes.
Reacciones
Fabián Pacheco, uno de los recurrentes, destacó la importancia de la intervención judicial: “Vale resaltar la importancia de la separación de poderes cuando estamos defendiendo el agua de consumo humano de la desidia institucional”.
Por su parte, el abogado ambientalista Álvaro Sagot señaló que el fallo evidencia un “déficit estructural administrativo” donde las instituciones reportan gestiones aisladas, pero no logran una respuesta integral. “Es claro que en el voto de desobediencia apreciamos la no protección efectiva del pronunciamiento inicial”, agregó Sagot.
Desde el Frente Ecologista de Cipreses denunciaron además que, recientemente, se habrían recibido instrucciones de suspender el servicio de agua mediante camiones cisterna, situación que las autoridades deberán aclarar ante la exigencia de garantizar el derecho humano al agua.