Redacción, 19 ene (elmundo.cr)- El Consejo Superior Notarial de la Dirección Nacional de Notariado resolvió, por unanimidad, que los notarios públicos no podrán celebrar matrimonios entre parejas del mismo sexo.
“Hasta tanto no se produzca una reforma legislativa, o se emita una sentencia anulatoria en la vía constitucional, las normas que regulan el matrimonio en Costa Rica se mantienen vigentes, y por tal razón los notarios públicos, en el ejercicio de su función deben apegarse a las mismas”, expresa el comunicado.
El artículo 14, inciso 6 del Código de la Familia costarricense, afirma que es “legalmente imposible” el matrimonio entre personas del mismo sexo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó, el 9 de enero, la respuesta a la solicitud de opinión consultiva presentada por Costa Rica, sobre si la Convención Americana tutela el derecho a la identidad de género y los derechos patrimoniales derivados de uniones de hecho de parejas homosexuales.
En la resolución, la Corte reconoce los derechos a la identidad de las personas trans y a la orientación sexual, específicamente el cambio de nombre y en general la adecuación de los registros públicos y los documentos de identidad para que estos sean conformes a la identidad de género auto-percibida.
Asimismo, señala que el Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que se deriven de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo, garantizando el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el derecho al matrimonio.
Para mañana estaba prevista la primera boda gay entre Mario Arias y Roberth, los cuales están valorando “cómo proceder”, comentó Arias a EL MUNDO.
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