San José, 29 may (elmundo.cr) – En el marco del Día Nacional de la Discapacidad, la Defensoría de los Habitantes considera importante reflexionar sobre el derecho de acceso al transporte público, principalmente en el caso de las personas que presentan discapacidad y requieren del servicio de autobús para movilizarse a los centros de estudio, de trabajo, de salud o de recreación.
En el año 2006, la Ley N° 7600 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad fue reformada, con la finalidad de ampliar el plazo para que las empresas autobuseras cumplieran con la obligación de adaptar su flota de autobuses a las normas técnicas de accesibilidad, básicamente la instalación de dispositivos mecánicos hidráulicos adecuados de ingreso y descenso, conocidas como rampas. Así las cosas, al 31 de diciembre de 2014 todas las unidades de transporte público del país debían cumplir con tal obligación.
En abril anterior la Defensora de los Habitantes y un equipo de profesionales de la Defensoría realizaron una inspección para verificar el grado de cumplimiento de la obligación de instalar rampas en los autobuses.
En total, se inspeccionaron 103 autobuses en diferentes regiones del país (Central, Brunca, Huetar Norte, Chorotega, Atlántica y Ciudad Neilly), de las cuales 101 contaban con rampas, lo que equivale a un 98% y 2 no tenían rampas, o sea un 2%. Pero, de los autobuses que contaban con rampas, el 23 % no funcionaban, que para los efectos prácticos es como si no la tuvieran.
La región que mostró mayor cumplimiento fue la Huetar Norte con el 100% de autobuses. Asimismo, la región que mostró el menor cumplimiento fue la Pacífica Central con el 23%.
Se inspeccionó también que los autobuses contaran con asientos preferenciales de conformidad con los requisitos establecidos por la Ley N° 7600 y su Reglamento, arrojando como resultado que 101 cumplía con tal medida, 96 autobuses tenían los asientos preferenciales cercanos a la puerta de entrada y 65 tenían los asientos con el piso liso.
Si bien ésta es una muestra aleatoria de autobuses lo cierto es que evidencia que las empresas de transporte público han hecho un esfuerzo por cumplir con las normas técnicas de accesibilidad; sin embargo, no ha sido suficiente para completar satisfactoriamente con la obligación de garantizar la accesibilidad de todos los autobuses.
La Defensoría de los Habitantes ha continuado recibiendo denuncias por la negación del servicio transporte público a las personas con discapacidad, por parte de los conductores. De lo anterior se deduce que no basta con que el autobús cuente con una rampa, sino que es necesaria una actitud respetuosa y colaboradora del conductor y de los empresarios para ofrecer el servicio a las y los usuarios con discapacidad.
Respecto de otros derechos que les son violentados a las personas con discapacidad, las y los habitantes presentan denuncias por la ausencia de aceras o por mal estado de las mismas; por edificios públicos y privados que no cumplen con los requisitos técnicos de la Ley N° 7600 y su Reglamento; por la falta de señalización de espacios reservados para vehículos que transportan personas con discapacidad, y por la negativa del Ministerio de Transportes de emitir un distintivo oficial que porten los vehículos en los que se transportan personas con discapacidad.
Otro tema por el cual presentan denuncias las y los habitantes es por la condición de abandono de las personas con discapacidad en condición de dependencia, es decir, que no tienen la capacidad para realizar actividades básicas de la vida diaria (aquellas que son indispensables para la sobrevivencia). Cuando una persona se encuentra en tal condición requiere de amplios apoyos y sí no tiene quien se los suministre está en una situación grave que necesita la ayuda del Estado.
La Defensoría de los Habitantes insta a la sociedad costarricense, particularmente al Estado, para que se renueve el compromiso de garantizar los Derechos Humanos de las personas con discapacidad. Por parte de la Defensoría de los Habitantes se mantiene nuestro inquebrantable compromiso en la vigilancia del respeto a estos derechos.