Multa de ¢62.000 por utilizar espacios preferenciales en parqueos de forma ilegal

San José, 14 mar (elmundo.cr) – El Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), informó de los requisitos generales para el uso de los espacios y parqueos para los usuarios con una condición de discapacidad evidente, temporal, también puede usar esos espacios, como una persona con un yeso. 

El ministerio señala la sanción es de ¢62.000, por utilizar este espacio de forma ilegal. 

Requisitos de la institución: 

  • Nadie, en cuenta usuarios, comercios, ni personal de vigilancia pueden desconocer las leyes.  
  • Cuando una persona tiene una situación de discapacidad evidente, como estar en silla de ruedas, no tener un brazo o una pierna, no tiene nada qué probar para utilizar ese espacio. 
  • Cuando la condición no es evidente, se debe probar con una certificación. 
  • Una mujer evidentemente embarazada no es una persona con condición de discapacidad, pero sí una de las personas que, por Ley, pueden usar estos espacios. 
  • Un adulto mayor es cualquier persona de 65 años o más y no tiene por qué tener una condición de desventaja para usar estos espacios. El hecho de tener 65 años o más es suficiente, aunque la persona esté saludable. 
  • La persona con potestad de usar estos espacios no tiene que ser estrictamente quien conduce el vehículo, puede ser el pasajero. 

MOPT enfatizó que los comercios tienen la obligación de velar por su buen uso y no deben tener colocados obstáculos para resguardarlos, si eso implica que el usuario deba removerlos; el personal del negocio debe estar atento a liberarlo de obstáculos si alguien necesita utilizarlo. 

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