Ministra, embajador, magistrada y un alcalde no presentaron su declaración jurada de bienes

San José, 25 may (elmundo.cr) – Una ministra, un embajador, una magistrada y un alcalde forman parte de los 1789 funcionarios que no presentaron su declaración jurada de bienes correspondiente al año 2017.

La Contraloría General de la República, ente que debe recibir dichas declaraciones, advirtió que el pasado 22 de mayo venció el plazo establecido legalmente para presentar el documento.

“Resulta preocupante (que no hayan presentado la declaración) dado que se trata de una obligación legal clara y conocida para todos los declarantes en puestos como los señalados. Estos funcionarios están siendo prevenidos sobre dicha omisión a la brevedad”, dijo la institución, esta mañana, en un comunicado de prensa.

EL MUNDO solicitó los nombres de esos funcionarios, sin embargo, en la Contraloría indicaron que por estar en la fase de prevención no pueden revelar sus identidades.

Funcionarios que ocupan altos cargos en la Administración Pública y otros que, por entre sus funciones está el manejo o fiscalización de recursos públicos, están obligados a presentar una declaración jurada de bienes anual, en cumplimiento de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (Ley 8422).

Para este año, 20.500 personas debían presentar su declaración, sin embargo, al corte hecho por la Contraloría General ayer miércoles existe un faltante del 9%, correspondiente a 1789 funcionarios.

El artículo 38 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública advierte en su artículo 38 que será causal de responsabilidad administrativa el no presentar, de forma injustificada, la declaración jurada de bienes.

Ese mismo artículo dicta que una vez que la Contraloría haga la notificación de que el funcionario está pendiente de presentar ese documento, tendrá 15 días hábiles para hacerlo, pues de lo contrario se expone a sanciones que incluyen suspensión sin goce de salario de hasta 30 días, separación del cargo público sin responsabilidad patronal, así como prohibición para ingresar o reingresar a cargos de la Hacienda Pública, por un plazo que va de 2 a 8 años.

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