San José, 22 abr (elmundo.cr) – La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia ordenó que en un plazo de seis meses las bases de datos de la Dirección General de Migración y Extranjería y el Poder Judicial luego de que un ciudadano fuera imposibilitado de salir del país pues existía un impedimento de salida por un proceso que fue archivado.
Los magistrados de la Sala IV consideraron que se violentó la libertad personal y de tránsito ilegalmente por este caso, por lo que ordenaron a ambas instituciones tomar las medidas pertinentes en un plazo de seis meses para coordinar sus bases de datos y así evitar que estas situaciones vuelvan a repetirse.
“Este Tribunal comprobó que sí se produjo una restricción ilegítima de la libertad de tránsito del recurrente, ya que desde noviembre de 2014, el Registro Judicial comunicó a la recurrida la eliminación del impedimento de salida – por medio del correo electrónico establecido por la Dirección-; sin embargo esta restricción se mantuvo aunque carecía de justificación”, dijeron los magistrados.
En varias ocasiones, la Sala ha reiterado la obligación de la Administración de organizarse de manera tal que no se ocasionen afectaciones a los derechos fundamentales de las personas, ya que, no es posible permitir que, por errores administrativos, una persona se encuentre imposibilitada de salir del territorio nacional.
La Sala estuvo integrada por el magistrado Armijo Sancho quien presidió y los magistrados Jinesta Lobo como ponente, Castillo Víquez, Salazar Alvarado, Picado Brenes, Garro Vargas y Campos Calvo.