Luz Mary Alpízar presenta proyecto para prevenir y sancionar la mendicidad infantil en Costa Rica

San José, 30 abr (elmundo.cr) – Con el objetivo de combatir la mendicidad infantil y garantizar un futuro digno para la niñez en Costa Rica, la diputada del Partido Progreso Social Democrático, Luz Mary Alpízar Loaiza, presentó el Proyecto de Ley para declarar delito la utilización de personas menores de edad a la mendicidad (Expediente N° 24960).

Esta iniciativa busca prevenir y sancionar la explotación de menores en las calles, promover la responsabilidad parental y reforzar el compromiso del Estado con la erradicación de la explotación infantil.

“Costa Rica tiene el deber de garantizar un futuro digno para toda persona menor de edad, con oportunidades de crecimiento y educación, por lo que debemos enfrentar la dura realidad de la mendicidad infantil que está incrementando en nuestro país a un paso muy acelerado”, comentó la diputada proponente.

Datos de organismos como UNICEF y el OIJ han alertado sobre esta problemática, especialmente en el contexto migratorio. Aproximadamente un 47% de las personas en ciertas comunidades han observado menores pidiendo dinero en las calles, una realidad alarmante que atenta contra sus derechos fundamentales.

“Hago un llamado a toda la sociedad costarricense a involucrarse y denunciar cualquier tipo de explotación infantil de que identifiquen en su comunidad, y a las señoras y señores diputados, pido respetuosamente la pronta aprobación de este proyecto de Ley a fin de velar por el interés superior de la niñez con una legislación fortalecida”, señaló Alpízar.

El proyecto de Ley propone tipificar en el Código Penal el delito de utilización de menores de edad a la mendicidad, sancionando a quienes promuevan, faciliten o toleren que una persona menor de edad sea usada para pedir limosna u otros beneficios para una persona adulta, sea en espacios públicos o privados.

Cuando se trate de la conducta por primera vez, solo se les apercibirá a los padres, tutores o encargados, de no volver a incurrir en esta conducta y les recordará el deber de mantener a los menores en el sistema escolar.

Además, establece penas de prisión de seis meses a dos años para las personas responsables, y contempla agravantes cuando se utilice violencia, exista reincidencia o se aproveche la vulnerabilidad de un menor con discapacidad. También se plantea la suspensión de la patria potestad en casos graves.

La sanción aumentará en un tercio del máximo establecido cuando concurran una o más de las siguientes circunstancias: la persona menor de edad presenta una discapacidad física, mental o sensorial, la persona adulta emplea violencia, fuerza al menor a cometer un acto ilícito o repita la conducta. Para lo cual se dará reporte al Patronato Nacional de la Infancia, (PANI) y al Instituto de Mixto de Ayuda Social (IMAS).

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