Los retos institucionales frente a las reformas procesales en Costa Rica

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Por: Karina Castro Leitón* 

El derecho procesal nace como forma de materializar la legislación sustantiva de un país. Se puede decir que: no hay derecho sin proceso.

La legislación de un país es el resultado de su contexto, de los cambios y necesidades sociales. Y es por esto, que actualmente Costa Rica se encuentra en un muy esperado cambio jurídico, gracias al colapso del sistema judicial y el incremento de los conflictos judiciales,

Es así que en diciembre del año 2015 la Asamblea Legislativa aprobó varias reformas procesales importantes: por un lado la ley No. 9342, Código Procesal Civil, (expediente 15.979), aprobada el 1 de diciembre de 2015, ley que entrará a regir en 30 meses; y por otro lado la ley No. 9343, Reforma Procesal Laboral, (expediente 19.819), aprobada el 14 de diciembre de 2015, la cual reforma algunos artículos (371 a 374 y del 377 al 395) del actual Código de Trabajo, orientados principalmente a regular las huelgas y los paros laborales.

Dichos textos han sido considerados por algunos grandes académicos y funcionarios como instrumentos jurídicos muy buenos, con un gran esfuerzo en compilación de experiencias nacionales e internacionales; otros consideran que a nivel institucional, en especial el Poder Judicial, no está preparado para recibir estas reformas procesales. Lo cierto es que, si seguimos pensando en que el cambio no es bueno, entonces nada va a cambiar.

Por el lado de la Reforma Procesal Civil, se logra un cambio de legislación, pero principalmente se busca un cambio estructural (de infraestructura y de manejo) institucional, tanto interno como externo; ya que parte de los principales efectos de la reforma es el cambio en el paradigma del actual proceso civil, transformando el proceso escrito a un proceso oral (principio de oralidad, contenido en el artículo 2.6 del nuevo Código Procesal Civil), concentrando las etapas procesales más importantes en audiencias orales.

Mucho se habla de este cambio de paradigma, pero ¿realmente se sabe dimensionarlo? ¿Se entiende el reto que conlleva?

El que convirtamos un proceso escrito a un proceso oral en la medida que sea un proceso eficiente, traerá resultados provechosos para el usuario, pero para llegar a eso se requiere todo un cambio sustancial y trabajo estructural en un despacho judicial.

Este reto se dimensiona, cuando se responden preguntas tales como: ¿Cómo hacen los despachos para trabajar?, pregunta que a su vez implica cuestionarse: alcanza o no el material físico con el que se cuenta, el espacio del despacho es o no suficiente, cuál será la forma de trabajo del juez, serán suficientes las salas judiciales para el dictado de las sentencias orales, qué tipo de tecnología se definirá para el procesamiento y almacenamiento de esa información, acaso funcionará mejor el actual método de expediente electrónico y la tan criticada gestión en línea, entre otras muchas situaciones más.

Ante este panorama existen muchas posiciones pesimistas, pero también existen posiciones alentadoras. Lo que no queda duda, es que la reforma ya es ley, con apenas unos meses para su implementación, por lo que evidentemente el cambio generará reacciones, que el Poder Judicial debe solventar, para dar el adecuado servicio, respondiendo a todas esas interrogantes.

De manera que el reto, al menos en apariencia ha dejado de ser jurídico, y se ha convertido en práctico- institucional, por lo que nuestro tan colapsado sistema judicial, deberá prevenir que los grandes esfuerzos realizados no se conviertan solo en ríos de tinta con un resultado frustrante. Porque al final y al cabo el derecho procesal no debe abandonar su función principal: el resguardo de los derechos fundamentales y el cumplimiento del precepto constitucional que asegura una justicia pronta y cumplida.

(*) Licenciada en Derecho y  Estudiante de Maestría en Justicia Constitucional.

Los artículos de opinión aquí publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de El Mundo. Cualquier persona interesada en publicar un artículo de opinión, puede hacerlo enviando el texto con nombre completo y número de identificación al correo redaccion@elmundo.cr. 

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