
San José, 21 jul (elmundo.cr)- La entrada en vigencia de las reformas a la Ley de Tránsito a inicios de esta semana traería multas para los motociclistas que utilicen la licencia tipo B-1.
A partir de ahora, solamente un cuadraciclo o triciclo se puede conducir con este tipo de licencia, pero nunca con la B-2, B-3 o B-4.
De acuerdo con Mario Calderón, director de la Policía de Tránsito, este cambio recae en la alta mortalidad de motociclistas en carretera.
Prueba de ello es que entre enero y junio del 2017 se sumaron 107 muertos en motocicleta, superando por mucho a los 43 decesos en automóvil, que es el segundo vehículo en el que más mueren personas.
“El cambio en la ley es muy positivo, porque busca dejar fuera de la legalidad la conducción de motocicletas sin haberse acreditado para ello; es decir, superando una prueba de manejo realizada por Educación Vial. La idea es que esta variable pueda influir en la reducción de muertes en carretera sobre este automotor”, afirmó Calderón.
La multa por irrespetar este tema, es decir, no portar una licencia para motocicleta es de ¢51.316,25, en tanto esté acreditado con licencia de otro tipo.
Si no posee ninguna licencia, la multa será de ¢103.679,77.