
San José, 26 dic (elmundo.cr) – El Ministerio de Hacienda lanzó este mes un servicio de consulta pública mediante el cual la ciudadanía puede consultar si una persona o empresa está al día con el pago de sus obligaciones tributarias.
Se trata de “Morosidad Tributaria”, sitio que puede ser accedido desde este enlace: https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx y donde solamente se debe digitar el número de cédula física o jurídica, Dimex o número de identificación tributario especial.
Según explicó la institución, la plataforma tiene como propósito que el contribuyente conozca su propia situación, así como saber quiénes están en condición de incumpliendo con el Fisco, para así impedir que quienes no están al día puedan realizar negocios con el Estado u obtener autorización de otros trámites en instituciones públicas.
El sitio responde a lo establecido en la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, Ley 9416, promulgada en la actual administración, la cual le daba al Ministerio de Hacienda un plazo no mayor a 12 meses para crear un acceso de consulta pública con el listado de morosos y omisos ante la Dirección General de Tributación.
Dicha Ley establece que toda persona, física o jurídica, que desee obtener o tramitar cualquier régimen de exoneración o incentivo fiscal, cualquier proceso de contratación pública, cualquier concesión, permiso o autorización para explotar bienes o servicios públicos, ante la Administración central o entes descentralizados, debe estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como en la presentación de las declaraciones tributarias a las que estuviera obligado.
“Morosidad Tributaria” despliega información que incluye razón social, nombre comercial, estado tributario, domicilio fiscal, fecha de inscripción, estado de morosidad o de omisión, actividades económicas que desempeña, representantes legales y obligaciones tributarias.
“Esta herramienta de consulta se complementa con las ya existentes de morosidad del impuesto solidario para el fortalecimiento de los programas de vivienda (ISO) y del impuesto a las personas jurídicas (Ley N° 9428), las cuales, próximamente, se integrarán en una sola para facilidad del usuario”, explicó Hacienda.
La institución indicó que las deudas que se encuentran en trámite de Cobro Judicial no se desplegarán en el sistema, sin embargo, se irán incorporando una vez ejecutados algunos procesos pendientes de imputación de pagos y aplicación de retenciones a cuenta.
“A diferencia de lista de morosos que se viene publicando en la página web del Ministerio desde hace varios años, conformada con la información de las deudas certificadas por los gerentes tributarios, esta nueva lista incluirá todas las deudas que han sido asignadas para gestión de cobro, aunque se encuentren en etapas iniciales del proceso”, explicó Carlos Vargas, director general de Tributación.
El funcionario dijo que la lista se actualizará cada 24 horas y que cuando el contribuyente cumpla con su obligación tributaria o demuestre estar al día y así lo comunique a la Administración, ésta deberá verificarlo y excluirle de la lista en un plazo no mayor de tres días hábiles.
“Ponemos a disposición ciudadana una nueva herramienta amigable y transparente, desarrollada por nuestros funcionarios de las Direcciones de Tecnologías de Información y Comunicación y General de Tributación, quienes deberán realizar la actualizaciones necesarias para que se mantenga depurada y al día, con el fin de que cumpla el objetivo para el que fue creada. “Morosidad Tributaria” se suma a los avances tecnológicos que ha mostrado el Ministerio de Hacienda en los últimos cuatro años y a la transparencia institucional que se evidencia en nuestra página web, donde la ciudadanía puede encontrar múltiple información sobre el accionar del Ministerio y del gobierno central. También, viene a ratificar nuestro compromiso con la política de datos abiertos impulsada por esta Administración”, manifestó por su parte el ministro de Economía y primer vicepresidente de la República, Helio Fallas Venegas.