San José, 4 may (elmundo.cr) – El pasado viernes se publicó en el diario oficial La Gaceta, el Decreto No. 42947-H, que permite extender, de manera extraordinaria, el plazo de permanencia de las mercancías en un depósito fiscal.
Este decreto modifica el artículo 157 de la Ley General de Aduanas y permite mitigar los efectos económicos en los importadores que ingresen al país mercancías durante la emergencia por COVID-19, quienes ahora cuentan con más plazo para su desalmacenaje, todo en cumplimiento de las condiciones arancelarias y no arancelarias.
Según esta modificación de Ley, cuando se emita una declaratoria de emergencia nacional, ante el estado de necesidad y urgencia, el Gobierno podrá emitir un Decreto Ejecutivo para otorgar un plazo mayor, que se definirá en este mismo decreto, a fin de ofrecer a los sectores comerciales la oportunidad de nacionalizar la mercancía antes de caer en abandono.
Sobre el proyecto
La iniciativa otorgar al Gobierno Central la facultad de que por medio de un decreto ejecutivo se pueda ampliar el plazo de permanencia de las mercancías que se encuentren en los depósitos fiscales del país en los casos en que exista una declaratoria de emergencia nacional debido al estado de necesidad y urgencia.
Según la propuesta, los importadores que hayan ingresado mercancías al país y hayan superado el plazo de un año en el depósito fiscal, contarán con más tiempo para su desalmacenaje sin que las mismas caigan en abandono.
En la exposición de motivos se justifica la iniciativa, señalando que su objetivo es: «mitigar los efectos de la crisis que actualmente atraviesa el país, producto de la pandemia a causa del COVID-19, por lo que es conveniente emitir medidas para que, por un período determinado, los importadores que hayan ingresado mercancías al país y que han superado el plazo de un año en depósito fiscal, cuenten con más tiempo para su desalmacenaje sin que las mismas caigan en abandono. Lo anterior previo cumplimiento de las condiciones arancelarias y no arancelarias».
El cuerpo del proyecto de ley está compuesto por un único artículo, el cual plantea dicha enmienda.