San José, 20 ene (elmundo.cr) – Una funcionaria pensionada del Ministerio de Educación Pública (MEP) de apellidos Zamora Casasola y quien durante años cobró ¢18 millones de colones en incapacidades pagadas de más, ganó un caso que elevó a la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Así consta en la sentencia 17702-2016 de la Sala IV, emitida el pasado 2 de diciembre de 2016.
Según el voto, los Magistrados le dieron la razón a la denunciante al constatar que la Dirección de Recursos Humanos del MEP no siguió el “debido proceso” para hacerle el rebajo mensual, necesario para recuperar lo pagado de más.
“El Ministerio de Educación Pública se encontraba en la obligación de llevar a cabo un procedimiento en el que se informara a las personas interesadas el monto de su deuda con la Administración, la forma en que esta sería recuperada, así como el número de tractos y el monto de éstos, elementos que resultan necesarios para garantizar el debido proceso. Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Yaxinia Díaz Mendoza, en su condición de Directora de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, o a quien ocupe su cargo, abstenerse de incurrir nuevamente en la conducta que sirvió de mérito para la presente estimatoria”, dice el fallo, cuya ponente fue la Magistrada Yerma Campos Calvo
Los Magistrados Castillo Víquez y Hernández López salvaron su voto y rechazaron de plano el recurso de amparo.
Vía telefónica, Yaxinia Díaz, directora de Recursos Humanos del MEP indicó a EL MUNDO que se está ante un caso particular y no una orden de la Sala Constitucional que implique al MEP tener que rehacer los procesos de cobro a aquellos funcionarios que recibieron pagos de más, mientras estaba en vigencia el Sistema Integrado de Gestión del Recurso Humano (SIGRH).
Según explicó, cuando el MEP migró al sistema Integra2 pasó un año sin que se hubiesen aplicado los rebajos salariales a más de 20 mil personas que tenían pagos de más y que por orden de la Contraloría General de la República (CGR), el ministerio debía cobrar.
“En junio-julio del año 2015, migramos los datos de las personas a las que veníamos haciéndoles rebajos al nuevo sistema (Integra2) para se reanudaran los pagos, sin embargo, en este caso debimos haber filtrado el caso de esta persona”, dijo Díaz.
Según la funcionaria, la Sala declaró con lugar el recurso de amparo de la mujer pensionada pues al haber adquirido esa condición, el MEP debió nuevamente comunicarle el estado en que se encontraba su deuda y como se harían los rebajos a la pensión para que cancelara las sumas reclamadas por el MEP, sin embargo esto no se hizo.
“A la señora se le venía haciendo un rebajo por sumas giradas de más por conceptos de incapacidades por 18 millones de colones. Ella ya tenía otra condición laboral, estaba pensionada y precisamente debimos haberle dicho (de nuevo) el monto de su deuda y el número y monto de los tractos”, agregó Díaz.
Zamora Casasola se pensionó desde 2012 y actualmente su deuda con el MEP es por ¢6,46 millones de colones.
“Vamos a analizar la sentencia para definir si se requiere hacer una política institucional en el sentido de variar el proceso de notificaciones. Lo que pide la Sala es que le digamos a quienes le hacemos rebajos, ellos no están en contra de que les cobremos a estas personas”, dijo la funcionaria.
