San José, 1 mar (elmundo.cr) – La Defensoría de los Habitantes elevó una gestión ante el Ministerio de Hacienda para conocer cuáles son los controles y mecanismos de supervisión que han establecido a lo interno con el propósito de conocer los gastos deducibles en el cálculo del impuesto sobre la renta aplicados a las empresas concesionarias y permisionarias de las rutas de transporte público en la modalidad de autobús y su regulación en el uso.
Adicionalmente a esta información, la Defensoría está interesada en saber las medidas ejercidas por Hacienda en materia de regulación de gastos deducibles a estas empresas incorporadas en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, Ley No.9635 del 03 de diciembre de 2018.
Estos gastos deducibles deben ser vigilados por la Dirección General de Tributación y se conocen como “escudo fiscal”, es decir que pueden ser descontados en el estado de resultados de las empresas para obtener el beneficio antes del impuesto, lo que permite reducir el pago de tributos, pero para ello, debe existir una fiscalización estricta que permita evitar abusos, elusión y evasión de obligaciones tributarias.
En general, los gastos operativos, financieros y extraordinarios de las empresas pueden funcionar como escudos fiscales, y más aún aquellos que no implican una salida real de efectivo, pero permiten pagar menos impuestos.
La defensora, Catalina Crespo, señaló que “debe considerarse que varios de los autobuses que aún siguen operando ya han sido pagados por la sociedad mediante tarifa, pues se le reconocen la depreciación acelerada del primer año cuando se renuevan las unidades y ese costo se mantiene sin ajustes durante la vida útil del bus”.
“Asimismo, estas empresas incrementan los gastos de mantenimiento conforme aumenta la edad de la flota, incluso reciben dos ajustes tarifarios automáticos al año por incremento en variables externas como la inflación y el costo de los combustibles”, agregó.
Es por ello que la Defensoría considera importante que Hacienda ejecute acciones de fiscalización de todos aquellos gastos contables de estas empresas de buses incluidos dentro de los costos directos de operación y mantenimiento, así como los gastos financieros y por depreciación, entre otros.