
San José, 10 may (elmundo.cr) – Un decreto ejecutivo publicado recientemente en La Gaceta, reglamenta el procedimiento para la inscripción de nuevas variedades para su comercialización, cuya aplicación, desde hace 40 años está a cargo de la Oficina Nacional de Semillas (ONS), con el fin de minimizar los riesgos en la producción y promover el sano comercio entre las empresas comercializadoras de semillas.
Se trata del Decreto 40300- MAG, publicado el 26 de abril del presente, Gaceta N° 78.
Walter Quirós, Director Ejecutivo de la ONS señaló que “el decreto rige para las empresas comercializadoras que trabajan en el mercado formal y procura proteger al productor que adquiere una semilla en los agrocomercios, garantizándole que la variedad que adquiere haya sido previamente evaluada, verificando su adaptación y comportamiento en las localidades donde se va a utilizar”.
Quirós detalló que aunque el registro existe desde la creación de la Ley de Semillas Nº 6289 hace unos 40 años, y se ajusta también al Reglamento Centroamericano para el Registro de Variedades, vigente desde hace siete años, se requería actualizar el procedimiento, como parte de los compromisos de mejora regulatoria que ha venido impulsando este gobierno para facilitar los trámites que realiza el sector público.
A modo de aclaración, el funcionario agregó que este Reglamento no altera en absoluto las prácticas de intercambio y venta de las variedades denominadas “criollas”, ya que éstas no se registran ni se regulan.
“Tampoco hay limitaciones para prácticas que son tradicionales y no forman parte de un mercado formal. En 40 años no hemos intervenido este tipo de actividad y no lo vamos a hacer”, afirmó Quirós.
Estas prácticas tradicionales igualmente se resguardan en la propuesta de Ley, impulsada por el Ejecutivo, para modernizar la legislación de semillas, así como en el Tratado Internacional de Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, del cual Costa Rica forma parte desde el año 2006, concluyó.