San José, 25 oct (elmundo.cr) – La Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) sancionó a nueve compañías industriales del arroz por un acuerdo que establecía no comprar el grano a productores nacionales hasta la publicación de un decreto de precio al consumidor.
Al respecto según detalló Amelia Rueda.com, las multas alcanzarían los ₡5 mil millones.
Coprocom respaldó la decisión “en virtud de la práctica monopolística absoluta establecida en el artículo 11, inciso e, de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor”, la ley 7472.
De igual forma explicaron mediante el comunicado que “las prácticas monopolísticas absolutas también conocidas como acuerdos horizontales, carteles duros o acuerdos colusorios; son consideradas las más perniciosas para la competencia porque conllevan una pérdida neta de bienestar social y los consumidores son los más perjudicados”.
Según la Comisión, durante las Asambleas de Agroindustriales del Arroz desarrolladas el 5 y 12 de agosto del 2019 se sentaron las bases para la adopción de un acuerdo el 2 de diciembre de ese año en que se decidió no comprar arroz a productores nacionales hasta la publicación del decreto de precios al consumidor.
Durante la fecha de adopción del acuerdo, la Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencias ya estaba vigente y aplicable, por lo que se consideró “muy grave” lo acordado por los industriales arroceros.
“Para imponer las sanciones (individualmente) se utilizó el artículo 119 inciso e) de ese mismo cuerpo normativo, el cual establece que las infracciones muy graves serán sancionadas mediante una multa equivalente a un monto entre el 0,1% y hasta el 10% del volumen de negocios total del agente económico en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior al de la imposición de la sanción”, explicó Coprocom.
Es la segunda ocasión que los agroindustriales arroceros son sancionados por prácticas monopolísticas. La primera fue en el 2001.
La presidenta del Órgano Superior de la Coprocom, Viviana Blanco, dijo que “estas prácticas tienen la connotación de nulidad “per se” debido a la amenaza que representan para la competencia, ya que generan efectos nocivos significativos en los mercados como lo son: aumentos artificiales de precios a los consumidores, limitación de la oferta y reducción de la calidad y la variedad de bienes y servicios, restringen la capacidad de innovación de las empresas, generan ineficiencias, pérdida de bienestar social, entre otros”.
Blanco aclaró que las sanciones a las nueve agroindustrias están firmes y que no hay espacio para solucionarlo por la vía administrativa.