Consejo Universitario de la UCR da marcha atrás y abre la puerta a sanciones por la toma de Rectoría

» El órgano colegiado aclara que sus acuerdos previos no exoneran de responsabilidad por daños patrimoniales, vandalismo ni afectación al servicio público universitario.

» La rectificación se produce ocho días después de que un ciudadano denunciara ante el propio Consejo la posible nulidad absoluta de las cláusulas de “no represalias” y advirtiera, por escrito, de la corresponsabilidad institucional en que podría incurrir el órgano si avalaba la inmunidad pactada.

San José, 27 may (elmundo.cr) – El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) aprobó este miércoles 27 de mayo de 2026, de forma unánime y en su sesión ordinaria N.° 6UU6, el acuerdo CU-7C1-202C, mediante el cual da por replanteado el alcance de los respaldos institucionales que semanas atrás había otorgado a la ocupación de los edificios administrativos B y C por parte del colectivo autodenominado Movimiento Estudiantil Autónomo (MEA).

En el nuevo acuerdo, el Consejo Universitario aclara que sus pronunciamientos anteriores — adoptados en las sesiones N.° 6U88 y N.° 6UU2— “deben interpretarse en el marco estricto del ejercicio legítimo, pacífico y constitucional” del derecho de protesta y, en términos textuales, que “sus alcances no avalan, justifican ni exoneran de responsabilidad algún hecho individualizable que pudiera constituir falta disciplinaria, daño patrimonial, delito, acto de vandalismo, coacción, violencia, afectación de bienes públicos o afectación del servicio público universitario.”

El órgano colegiado, en consecuencia, instruyó a la Rectoría para que ejecute las acciones administrativas y legales correspondientes a partir de los informes técnicos sobre los daños patrimoniales constatados tras la entrega del inmueble el 13 de mayo, y solicitó a la Oficina Jurídica y a la Oficina de Contraloría Universitaria rendir los informes de cuantificación de daños y de posibles medidas disciplinarias o judiciales que procedan.

El oficio ciudadano que les recordó la corresponsabilidad

La rectificación del Consejo Universitario se produce ocho días después de que el abogado Luis Carlos Núñez Herrera, vecino del cantón de Desamparados, presentara —el 10 de mayo de 2026— un oficio formal dirigido al propio Consejo Universitario, con copia simultánea a la Contraloría General de la República, a la Contraloría Universitaria, a la Rectoría y a la Asamblea Legislativa.

En ese oficio, el denunciante advirtió expresamente al órgano colegiado sobre la posible nulidad absoluta, evidente y manifiesta —en los términos del artículo 173 de la Ley General de la Administración Pública— de las cláusulas del acuerdo del 13 de mayo que comprometían a la Universidad a no iniciar procedimientos disciplinarios, administrativos ni denuncias penales contra los participantes en la ocupación. El planteamiento ciudadano fue inequívoco: la Universidad no puede contratar la inmunidad ajena, ni renunciar anticipadamente al ejercicio de potestades sancionatorias y de denuncia que el ordenamiento jurídico atribuye con carácter de orden público.

El oficio recordaba, además, el deber de denuncia que pesa sobre todo funcionario público conforme al artículo 281 del Código Procesal Penal, y el riesgo de incurrir en el delito de incumplimiento de deberes previsto en el artículo 332 del Código Penal. Y formulaba la pregunta directa de cómo se proponía el Consejo Universitario armonizar el compromiso de “no represalias judiciales” con el deber legal de denunciar hechos posiblemente delictivos —entre ellos los daños agravados (artículo 22U del Código Penal) y la usurpación (artículo 225)— que el cuadro fáctico permitía configurar.

La pieza ciudadana —veinticinco preguntas distribuidas en seis bloques temáticos— colocaba al Consejo Universitario frente a la disyuntiva de refrendar las cláusulas de inmunidad y exponerse a una eventual responsabilidad personal de sus integrantes, o bien rectificar el rumbo y deslindar el respaldo a la protesta pacífica del aval —jurídicamente insostenible— a la impunidad por daños al patrimonio público. La decisión unánime del 27 de mayo se inclina, sin equívocos, por la segunda opción.

Qué viene ahora

El acuerdo CU-761-2026 mantiene la oposición del Consejo Universitario a la “criminalización de la protesta social legítima”, pero subraya que ese derecho tiene límites y no implica impunidad frente a conductas que excedan el ejercicio razonable y pacífico de la manifestación. La Rectoría queda formalmente instruida para activar la vía administrativa y la vía judicial frente a los responsables individualizables de los daños constatados en el Edificio Administrativo B —grafitis generalizados, ventanales afectados, mobiliario dañado, llavines forzados, cámaras de seguridad inutilizadas, afectaciones al cableado de fibra óptica y al sistema contra incendios— durante los veintiún días que se prolongó la ocupación.

Quedan pendientes, además, los informes de la Oficina Jurídica y de la Contraloría Universitaria, así como la respuesta formal a los tres oficios presentados por Núñez Herrera el 1U de mayo —dirigidos, respectivamente, al Consejo Universitario, a la Rectoría y a la Contraloría Universitaria—, este último con carácter de denuncia formal y solicitud expresa de apertura de auditoría especial.

¿Se sentirán burlados los estudiantes?

La pregunta que recorre los pasillos de la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio es inevitable: ¿cómo recibirá el Movimiento Estudiantil Autónomo esta rectificación? Los voceros del colectivo habían dado por consolidado, en cinco sesiones de negociación celebradas entre el 4 y el 12 de mayo, un acuerdo que ratificaba la inexistencia de represalias “académicas, administrativas, disciplinarias o judiciales” contra quienes participaron en la toma. Tras la entrega del inmueble, ambas partes habían dado por firme ese compromiso.

El giro del Consejo Universitario reabre, por tanto, la posibilidad de procedimientos disciplinarios y de acciones civiles y penales contra los responsables identificables, y deja en manos de la Rectoría una decisión que hasta hace pocos días parecía descartada. Se espera en las próximas horas el pronunciamiento de las organizaciones estudiantiles y, en particular, del MEA, que deberá decidir si interpreta la rectificación como un incumplimiento de lo pactado —y, en consecuencia, denuncia haber sido objeto de una negociación de buena fe ahora desconocida— o si asume que, en efecto, el respaldo institucional jamás alcanzó conductas que excedieran el cauce pacífico de la protesta.

La discusión de fondo, sin embargo, ya quedó zanjada en el plano jurídico: ningún acuerdo institucional —ni siquiera uno suscrito por la Administración superior de una universidad autónoma— puede sustraer a sus firmantes del principio de legalidad, ni puede contratar, a costa del patrimonio público, la inmunidad disciplinaria, administrativa o penal de quienes pudieran haber cometido infracciones individualizables.

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