San José, 5 feb (elmundo.cr) – El representante de una empresa y tres personas físicas fueron condenados a cárcel por retener las cuotas obrero-patronal a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS).
Se trata de la Corporación de Seguridad Total Roall S.A., cuya condenatoria recayó sobre la persona de su representante Ignacio Gómez Cervantes, los deudores Jorge Eduardo Jiménez Aguilar, Juan de Dios Zúñiga Chinchilla y María Cecilia Araya Bolaños.
Luis Diego Calderón Villalobos, director de Cobros de la CCSS, informó que la institución denunció el año anterior, a 3280 patronos por un monto de 1515 millones, que fueron rebajados a los trabajadores, pero que no fueron trasladados a la CCSS.
Calderón explicó que como los imputados era la primera vez que se les condenaba con pena de cárcel, los Tribunales optaron por concederles el beneficio de ejecución condicional de la pena, de acuerdo con lo que se establece en los artículos del 59 al 63 del Código Penal.
Esto implica que durante el período que se fijó, que oscila entre tres a cinco años, ellos no podrán incurrir en nuevo delito doloso con pena superior a los seis meses, pues en ese supuesto, el beneficio será revocado y procedería el cumplimiento de la pena de cárcel.
De acuerdo con el artículo 45 de la Ley Constitutiva de la CCSS, la retención indebida es un delito por el cual se impondrá la pena indicada en el artículo 216 del Código Penal de Costa Rica, a quien no entregue a la CCSS el monto de las cuotas obreras obligatorias dispuestas por ley.
La institución acusa a los representantes legales de los patronos jurídicos y a las personas físicas deudoras, ya que se presume que el patrono dedujo dichas cargas sociales a los trabajadores y no las trasladó a la CCSS, lo cual podría configurarse como una retención indebida de sumas aportadas por los trabajadores.
