San José, 18 nov (elmundo.cr) – Este miércoles los diputados de la Comisión de Asuntos Jurídicos dictaminaron el expediente 21.515, Régimen de responsabilidad de las diputaciones por violación al deber de probidad.
Este proyecto tiene como objetivo regular el procedimiento y establecer el régimen de responsabilidad que se aplicará las diputadas y los diputados, por violación al deber de probidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 112 de la Constitución Política de la República de Costa Rica:
ARTÍCULO 111.- Ningún Diputado podrá aceptar, después de juramentado, bajo pena de perder su credencial, cargo o empleo de los otros Poderes del Estado o de las instituciones autónomas, salvo cuando se trate de un Ministerio de Gobierno. En este caso se reincorporará a la Asamblea al cesar en sus funciones.
Los diputados estarían obligados a orientar su gestión a la satisfacción del interés público, deberán apegar su conducta al estricto cumplimiento del deber de probidad establecido en esta ley y en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Además, algunos de los mandatos que deberán cumplir los diputados son:
- Rendir cuentas por el cumplimiento de todas las funciones públicas asignadas.
- Abstenerse de utilizar su cargo con propósitos privados.
- Proteger su integridad y evitar cualquier posible conflicto de intereses, rechazando favores, regalos, dádivas, comisiones o gratificaciones provenientes de sujetos privados o de otros funcionarios públicos.
- Deberán abstenerse de utilizar las prerrogativas de su cargo o aprovecharse indebidamente de los servicios que presta la Asamblea Legislativa, para obtener, directa o indirectamente, beneficios indebidos para particulares.
- Presentar todas las declaraciones juradas a que se refiere Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
- Usar las instalaciones físicas, el equipo de oficina, vehículos, los servicios del personal de apoyo y los demás bienes y recursos públicos a los que tengan acceso, únicamente para los fines a los que están destinados.
- Denunciar por las vías correspondientes, cualquier acto de corrupción del que tengan conocimiento.
- Demostrar y practicar una conducta moral y ética intachable
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), será el encargado de determinar la aplicación de la sanción correspondiente, de acuerdo con el mérito del caso y la gravedad de la falta, de conformidad con las siguientes medidas:
- Faltas leves: la persona será sancionada con la pérdida de la dieta por una semana y recibirá una amonestación escrita.
- Faltas graves: la persona será sancionada con la pérdida de la dieta de un mes a tres meses.
- Faltas muy graves: la persona será sancionada con la pérdida de las credenciales y la inhabilitación para ejercer cargos públicos de forma remunerada o ad honorem, de cuatro a ocho años. La sanción de inhabilitación se podrá aplicar aún después de que la persona haya dejado el cargo por cualquier causa.
De igual manera, para valorar la conducta de los diputados se tomarán en cuenta los siguientes criterios:
- La efectiva lesión a los intereses económicos, sociales y morales de la Administración Pública y la cuantía de los daños y perjuicios ocasionados.
- El éxito obtenido en el logro de los resultados no deseados por el ordenamiento jurídico o en el enriquecimiento o favorecimiento del autor de la infracción o de terceros, así como el empeño puesto en procurarlos.
- El impacto negativo en las funciones del Parlamento y en la confianza y credibilidad de la ciudadanía en el sistema democrático.
- La reincidencia en la comisión de faltas al deber de probidad de conformidad con esta ley o en las infracciones tipificadas en el artículo 38 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley N° 8422, dentro de los cuatro años anteriores, al hecho investigado.
El proyecto fue presentado por el diputado José María Villalta del Frente Amplio (FA), los liberacionistas Wagner Alberto Jiménez Zúñiga y Franggi Nicolás Solano, Carolina Hidalgo del Partido Acción Ciudadana (PAC), la diputada independiente Zoila Volio Pacheco y la diputada socialcristiana María Vita Monge.