Auditoría interna de la CCSS descarta conflicto de interés en acuerdo de ajuste salarial

San José, 10 ene (elmundo.cr) – La Oficina de Auditoría Interna de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) descartó que exista un conflicto de interés en la participación de miembros de la Junta Directiva de la Caja en el acuerdo del ajuste salarial para los 63.000 trabajadores de la institución, tomado en setiembre del año pasado.

Según dio a conocer Semanario Universidad, en un oficio con fecha 9 de enero y dirigido a la presidenta ejecutiva de la institución, Marta Eugenia Esquivel, la Auditoría señala que “el hecho de que los directivos tengan parientes entre los trabajadores de la CCSS y asegurados entre la población nacional no los inhibe de dictar los actos administrativos de carácter general”.

Esquivel solicitó a la Auditoría Interna de la Caja que abriera una investigación contra un grupo de directivos que participó de la decisión de descongelar el ajuste salarial para los trabajadores, después de que el periodista Diego Bosque, del diario La Nación, publicara un reportaje el pasado 26 de octubre señalando a cuatro directivos con familiares que trabajan en la institución.

A principios de diciembre, el presidente de la República Rodrigo Chaves ordenó que los representantes Marta Rodríguez (Sindicatos); José Luis Loría (Cooperativas); Maritza Jiménez (Solidarismo); Jorge Arturo Hernández (Empresarios); y Carlos Salazar (Gobierno) fueran suspendidos con goce de dieta mediante una medida cautelar y que se abrieran órganos directores de procedimiento en su contra.

La Auditoría Interna, sin embargo consideró que en el acuerdo adoptado por la Junta Directiva en la sesión del 8 de setiembre 2022, primó “el interés general de obtener una resolución, conforme la doctrina de la necesidad”.

La decisión de la Junta Directiva de hacer efectivo el aumento de salarios, acordado mediante el Decreto Ejecutivo número 42121-MTSS-H-MIDEPLAN, “es un acto interno de alcance general porque afecta a una generalidad, sea, los funcionarios públicos de la Institución que devengan un salario menor a ¢4.000.000”, apuntó la Auditoría.

Según explicó la Auditoría, la jurisprudencia judicial y los criterios de órganos competentes de la administración pública consideran que los miembros de órganos colegiados que adoptan actos de alcance general no tienen motivo para excusarse de tomar acuerdos de este tipo porque “al ser un acto que afecta a una generalidad, no se concreta, sino que se difumina”.

“No es posible para el órgano colegiado dejar de tomar el acto administrativo, si al dejar de hacerlo afecta a la generalidad de las personas y es el único órgano competente que puede dictar dicho acto. En este escenario, la recusación y/o excusa pueden ceder ante otros intereses jurídicos como lo serían los casos de necesidad. (…) En estos casos, prima la necesidad de resolver”, destacó la Auditoría.

“El hecho de que los directivos tengan parientes entre los trabajadores de la CCSS y asegurados entre la población nacional no los inhibe de dictar los actos administrativos de carácter general”, agregó el órgano.

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