Boxeador fue detenido en ruta 32

¿Qué dice la ley? El detalle que podría marcar el caso de “Tiquito” Vásquez

Bryan 'Tiquito' Vásquez (pantaloneta negra) en una pelea.
Bryan 'Tiquito' Vásquez (pantaloneta negra) en una pelea.

La detención del exboxeador costarricense Bryan “Tiquito” Vásquez durante un operativo policial en Heredia abrió una discusión que va más allá del caso particular y que cada cierto tiempo reaparece en Costa Rica: ¿cuándo una cantidad de marihuana se considera para consumo personal y cuándo puede generar sospechas de una actividad ilícita?

La interrogante surge después de que el Ministerio de Seguridad Pública confirmara la aprehensión de un hombre de apellido Vásquez y otro de apellido Cascante, luego de una intervención realizada cerca del peaje de la ruta 32.

Según la información oficial, durante la revisión del vehículo en el que viajaban las autoridades localizaron 72,9 gramos de marihuana y ₡1.301.000 en efectivo.

Ambos fueron puestos a las órdenes del Ministerio Público, que ahora deberá determinar si existen elementos suficientes para abrir un proceso judicial relacionado con los hechos.

Mientras tanto, la boxeadora Hanna Gabriels, esposa de Vásquez, confirmó este domingo que se dirigía a los Tribunales para conocer la situación de su esposo y pidió prudencia antes de emitir conclusiones.

“No es lo que está saliendo en los medios”, manifestó en declaraciones brindadas a Teletica, aunque reconoció que todavía no contaba con toda la información del caso.

Pero más allá de las versiones de las partes involucradas, existe un elemento legal que podría convertirse en uno de los puntos más relevantes sobre lo sucedido.

En Costa Rica no existe una cantidad específica establecida por ley que determine automáticamente cuándo una persona porta marihuana para consumo personal y cuándo podría hacerlo con otros fines.

El Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA) ha explicado en distintas ocasiones que la legislación costarricense no fija un límite concreto de gramos permitidos.

Por esa razón, cada caso debe analizarse de forma individual.

Las autoridades suelen valorar distintos factores, entre ellos la cantidad de droga decomisada, la forma en que se transporta, la presencia de dinero en efectivo, la existencia de instrumentos para pesar sustancias o si el producto se encuentra dividido en dosis individuales.

Es decir, la cantidad por sí sola no determina necesariamente una conducta delictiva.

Sin embargo, en la práctica policial, los decomisos asociados claramente a consumo personal suelen involucrar cantidades considerablemente menores.

Un estudio divulgado este año por la Universidad Estatal a Distancia (UNED) reveló que el 73,7% de los decomisos de marihuana registrados en el país corresponden a cantidades de entre 0,01 y 1 gramo, una proporción que generalmente se vincula con uso individual.

Por eso, el análisis que realicen el Ministerio Público y las autoridades judiciales será determinante para establecer el contexto completo del caso.

La investigación apenas comienza y, por ahora, no existe una resolución judicial que determine responsabilidades.

Lo que sí está claro es que el expediente de Bryan “Tiquito” Vásquez gira alrededor de un aspecto que la legislación costarricense deja sujeto a interpretación: la diferencia entre portar una sustancia para consumo propio o hacerlo con una finalidad distinta.

Y será precisamente ese detalle el que podría terminar marcando el rumbo del caso.

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Fecha de emisión: 26/07/2024
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Título(s) emitido (s) A LA ORDEN, a una tasa de interés del 3.66 %.
Solicito reposición de este documento por causa de EXTRAVIO.

Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el
término de quince días.

Emitida en SAN PEDRO, el 29 de julio del 2025.
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

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