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Asociación Cívica Palmareña impugna sanción de más de ₡220 millones por no pagar impuestos a Municipalidad

San José, 17 mar (elmundo.cr)- La Sala Constitucional acogió para estudio una acción de inconstitucionalidad presentada por la Asociación Civica Palmareña (ACP) contra el artículo 18 del Reglamento de Espectáculos Públicos de la Municipalidad de Palmares, en el que hace referencia a sanciones e infracciones.

De acuerdo con lo estipulado en dicho artículo, la “Municipalidad de Palmares impondrá una multa equivalente a 10 veces el monto dejado de pagar, a los contribuyentes que, en forma total o parcial, incurran en la falta de pago de este impuesto”.

Los hechos a los que hace referencia la ACP se remontan al pasado mes de noviembre, cuando el Gobierno Local notificó el inicio de un procedimiento administrativo, a fin de cobrar un total de ₡220.177.663 por concepto de tributos, intereses y una multa por la demora en el pago del impuesto.

Para dicha asociación, el monto de la multa cobrada es desproporcionado, pues la suma que deben cancelar es mayor a 10 veces lo adeudado, por lo que consideran que se viola el derecho protegido en el artículo 45 constitucional.

Por su parte, el alcalde de la localidad, Hugo Rodríguez, detalló que la Ley no es nueva y que Palmares no es el único cantón en donde existe el reglamento.

“Cuando se deja de pagar, la Municipalidad puede cobrar una multa que está en la Ley y cada uno de los reglamentos locales (…), nosotros no podemos aplicar algo que esté fuera del reglamento, es decir, es algo que ya estaba estipulado en la Ley”, aseguró el Alcalde.

No obstante, afirmó que acatarán lo que la Sala Constitucional resuelva y que si deben cancelar el cobro de la multa, o bien, modificar el artículo en discusión, lo harán.

En tanto, la ACP solicitó al Tribunal Contencioso Administrativo, medidas cautelares, a efecto de suspender el cobro, mientras se confirma su legalidad.

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