
San JosĆ©, 1 mar (elmundo.cr) – Con el voto favorable de 38 legisladores y 6 en contra, el Plenario Legislativo le dio primer debate al expediente 22.928 “Reforma del artĆculo 32 de la Ley Nacional de Emergencias y Prevención de Riesgo CNE”, para ampliar el rĆ©gimen de excepción cuando ocurren emergencias en el paĆs.
Los nuevos pĆ”rrafos que se agregan indican que: āEl rĆ©gimen de excepción deberĆ” entenderse como comprensivo de la actividad administrativa y disposición de fondos y bienes pĆŗblicos, siempre y cuando sean estrictamente necesarios para resolver las imperiosas necesidades de las personas y proteger los bienes y servicios cuando, inequĆvocamente, exista el nexo exigido de causalidad entre el suceso provocador del estado de emergencia y los daƱos provocados en efectoā.
Aclara ademĆ”s que las obras y proyectos necesarios para la atención de cualquiera de las fases de la emergencia reguladas en el artĆculo 30 de la presente ley, asĆ como las acciones establecidas en el pĆ”rrafo final de su artĆculo 15, estĆ”n cubiertas por el rĆ©gimen de excepción y por lo tanto su ejecución no debe ser sometida a la tramitologĆa ordinaria.
De considerarse necesario, en la fase de reconstrucción, la excepcionalidad de la aplicación de las normas ambientales deberÔ ajustarse a los criterios de emergencia, razonabilidad, proporcionalidad y temporalidad, y limitarse a los requisitos propios del derecho ambiental.
Por Ćŗltimo, “los proyectos y obras enmarcados en las normas citadas en el pĆ”rrafo anterior estarĆ”n exentos de realizar los permisos y trĆ”mites atinentes a la ejecución de obras en cauces, zonas protegidas, zonas boscosas o forestales, Ć”reas de protección u Ć”reas fronterizas. En estos casos se deberĆ” comunicar a la entidad correspondiente administradora del bien seƱalado la intervención a realizar y su respectiva justificación”.
El congresista del Partido Liberación Nacional, Luis Fernando Mendoza, explicó con sencillez la importancia que tiene esta modificación en la ley.